Que Impuesto tiene una poliza de seguro?

¿Qué Impuesto tiene una póliza de seguro?

Las primas de seguros están exentas de IVA. En su lugar están sometidos a otros tributos y recargos. Las primas de seguros no tienen IVA en virtud del artículo 20 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, en el que se consideran “exentas” las operaciones de seguro, reaseguro y capitalización.

¿Cómo tributan los seguros en el IRPF?

Los seguros de vida ahorro, al tributar como IRPF, se llevan a la base especial de ahorro, con una retención del 19\% en el momento en que se cobra, aunque este tipo impositivo puede hasta el 23\% según el dinero que se perciba.

¿Cuál es el IVA de los seguros de responsabilidad civil?

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No, los seguros de Responsabilidad Civil no tienen IVA, aunque si tienen otro tipo de impuesto, el Impuesto para Liquidación de Entidades Aseguradoras (LEA), con un cargo del 6\% sobre la cuota del seguro.

¿Qué tributa en el impuesto de incapacidad permanente?

En materia de incapacidad permanente, solo las pensiones de incapacidad parcial e incapacidad total están sujetas a este impuesto. ¿Qué tributa en el IRPF? Las pensiones de incapacidad parcial e incapacidad total sí tributan, pero la Seguridad Social contempla muchas otras prestaciones que no están sujetas a tributación.

¿Cuál es la retención de la indemnización de la incapacidad parcial?

La indemnización de la incapacidad parcial y las mensualidades de la total (o, en su caso, también la indemnización si se ha elegido esta opción al conseguir la invalidez total, sustituyendo a los pagos mensuales) tienen retención de IPRF. Por el contrario, las pensiones de incapacidad absoluta o Gran Invalidez no están sujetas a este impuesto.

¿Es obligatoria la retención de IRPF con incapacidad permanente total?

La retención de IRPF con incapacidad permanente total sí es obligatoria. Sin embargo, a efectos de la Renta, como todo pensionista tiene al menos un 33\% de discapacidad, su mínimo personal y familiar aumenta en 3.000 € más. Este mínimo es la cantidad general que no se somete al impuesto.

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¿Por qué las prestaciones de incapacidad permanente no cotizan a la Seguridad Social?

Las prestaciones de incapacidad permanente, tanto si comportan retención de IRPF como si no, no cotizan a la Seguridad Social. Por este motivo, si solo se están obteniendo rentas por la pensión, y no se realiza un trabajo compatible con ella, no se estará cotizando.

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