¿Cuánto tiempo se debe conservar la información contable?
En Colombia, las personas naturales y las jurídicas deben conservar sus documentos contables por un periodo de 10 años, pero también deben almacenar otros con fines fiscales.
¿Cuánto tiempo se guardan las boletas y facturas?
Importante: Los y las contribuyentes que emiten este tipo de documento deben conservar durante seis años los originales de las boletas y duplicados de facturas, guías de despacho, notas de crédito y notas de débito y de otros documentos.
¿Cuánto tiempo debo conservar los documentos y registros?
Los siguientes documentos y registros, deben ser conservados por un periodo mínimo de veinte (20) años, contados a partir del momento en que cese la relación laboral del trabajador con la empresa:
¿Cuánto tiempo se puede guardar los registros contables?
En este caso, el Código de Comercio obliga a las empresas a guardar esta documentación durante 6 años. Sin embargo, por si en el futuro es necesario hacer algún tipo de consulta, es recomendable guardar los registros contables de forma indefinida.
¿Cuánto tiempo se deben conservar los documentos de una empresa?
¿Cuánto tiempo se deben conservar los documentos de una empresa? En este apartado nos referimos a: libros de contabilidad, correspondencia, documentación sobre la empresa y otros justificantes que hagan referencia al ámbito mercantil. En este caso, el Código de Comercio obliga a las empresas a guardar esta documentación durante 6 años.
¿Cuánto tiempo se debe conservar la información laboral?
Si detecta algún error, por favor repórtelo a través de nuestro formulario de contacto. La información laboral de todo trabajador debe ser conservada durante varios años según lo establece la normatividad vigente, conozca en este artículo cuál es la información que se debe guardar y por cuánto tiempo se debe conservar.