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¿Quién representa la sucesión?
En la figura de la administración judicial, el representante de la sucesión es el administrador designado por los copartícipes conforme a las reglas contenidas desde el art. 2345 y siguientes del CCCN. Esta representación es limitada a los actos de conservación y al giro normal de los negocios.
¿Cuándo se produce la sucesión procesal?
La sucesión procesal se produce cuando una persona ocupa la posición de otra en un proceso. Puede ser por tres causas, por causa de muerte, por transmisión del objeto litigioso o por intervención provocada.
¿Cómo se da la sucesión procesal?
Se presenta la sucesión procesal cuando fallecida una persona que es parte en el proceso, es reemplazada por su sucesor; la falta de comparecencia de los sucesores, determina que continúe el proceso con un curador procesal.
¿Qué es la sucesión?
La sucesión es el medio por el que una persona ocupa en derechos el lugar de otra; es decir, lleva implícita la sustitución de una persona, por cuanto a su titularidad de derechos y obligaciones, por otra que los adquirirá a falta de la primera. A la muerte del testador o de cujus estamos frente a la sucesión here-
¿Qué es la sucesión en Derecho de familia?
Sucesión (en Derecho de Familia) Introducción al concepto de Sucesión en este ámbito del derecho civil: En sentido gramatical, colocarse una persona en lugar de otra, sustituyéndola. En sentido jurídico, sustitución de una persona en los derechos y deberes de otra.
¿Qué es la sucesión mortis causa?
Sucesión mortis causa es la sustitución de una persona, en sus derechos y deberes transmisibles, por otra u otras, por causa de fallecimiento. Ello implica el cambio de sujeto en una serie de relaciones de derecho, sin cambio de éstas que son todas aquellas en que sea titular el fallecido y no tengan carácter personalísimo.
¿Qué es la sucesión en el derecho civil?
Introducción al concepto de Sucesión en este ámbito del derecho civil: En sentido gramatical, colocarse una persona en lugar de otra, sustituyéndola. En sentido jurídico, sustitución de una persona en los derechos y deberes de otra.