Quien puede representar a un socio en una junta?

¿Quién puede representar a un socio en una junta?

El socio sólo podrá hacerse representar en la junta general por su cónyuge, ascendiente o descendiente, por otro socio o por persona que ostente poder general conferido en documento público con facultades para administrar todo el patrimonio que el representado tuviere en territorio nacional.

¿Qué es representación de los socios?

Mediante este documento, el socio o accionista con derecho de asistencia a una junta que no pueda o no quiera asistir a la misma, puede otorgar un poder especial a otra persona para que lo represente en ella. …

¿Quién representa al socio único persona juridica?

Cuando el socio es una persona jurídica, si el que asiste a la Junta es el administrador (o el administrador delegado), propiamente, no hay representación, sino que es la propia persona jurídica la que está presente a través de su representante legal.

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¿Quién puede modificar los estatutos de una sociedad?

Los administradores o cualquier otro socio no pueden de forma personal modificar los estatutos, la modificación de los estatutos de una sociedad tiene que ser aprobado obligatoriamente por la junta general.

¿Cuándo se considera que hay disposición contraria de los estatutos?

Se considerará que hay disposición contraria de los estatutos solo cuando los mismos establezcan expresamente que el órgano de administración no ostenta esta competencia».

¿Qué son los estatutos sociales?

Como ya sabes, los estatutos sociales contienen la forma de organización y funcionamiento de la sociedad, y son reglas inscritas en el Registro Mercantil que todos los socios y administradores tienen que cumplir.

¿Cómo se aprueba el Acuerdo de modificación de los estatutos sociales?

¿Cómo se aprueba el acuerdo de modificación de los estatutos sociales? La aprobación del acuerdo se tiene que hacer por la junta general de socios, con el voto a favor de la mayoría. Es decir, se necesita más de la mitad de los votos correspondientes a las participaciones o acciones en que se divida el capital.

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