Quien puede recibir una notificacion judicial?

¿Quién puede recibir una notificación judicial?

Las notificaciones, citaciones y emplazamientos podrán hacerse a los Procuradores de las partes. Se exceptúan: 1.º Las citaciones que por disposición expresa de la Ley deban hacerse a los mismos interesados en persona.

¿Quién da las notificaciones del juzgado?

¿Quién ha de practicar los actos de comunicación que hace el Juzgado? El artículo 152 de la LEC dispone que los actos de comunicación se realizarán bajo la dirección del Secretario Judicial, que será el responsable de la adecuada organización del servicio.

¿Qué ocurre cuando el acusado no se presenta al juicio penal?

La sentencia dictada en ausencia del acusado puede ser recurrida en anulación por el condenado en el mismo plazo y con iguales requisitos y efectos que los establecidos para el recurso de apelación. ¿Qué ocurre cuando es el denunciante el que no se presenta al juicio penal?

LEER:   Que significa tarjeta denegada causa 121?

¿Qué es la ausencia del acusado en el procedimiento abreviado?

La ausencia del acusado en el procedimiento abreviado En el sistema jurídico español rige el principio de audiencia. Por lo tanto, como regla general es obligatorio que el acusado esté presente en la celebración del juicio oral.

¿Quién es el acusado de un delito?

Conforme se ha expuesto, el acusado es la persona para la que se solicita una pena tras imputársele un delito, una vez iniciado el cauce procesal penal y finalizada la instrucción. La acusación se tramita interponiendo un escrito de acusación, en el que se solicita la condena del procesado.

¿Quién es el acusado?

Quién es el acusado. Conforme se ha expuesto, el acusado es la persona para la que se solicita una pena tras imputársele un delito, una vez iniciado el cauce procesal penal y finalizada la instrucción. La acusación se tramita interponiendo un escrito de acusación, en el que se solicita la condena del procesado.

Comienza escribiendo tu búsqueda y pulsa enter para buscar. Presiona ESC para cancelar.

Volver arriba