Quien participan en el contrato de arrendamiento?

¿Quién participan en el contrato de arrendamiento?

En el contrato de arrendamiento intervienen dos partes, el arrendador y el arrendatario, este último coloquialmente es también conocido como inquilino. Por virtud de este contrato tanto el arrendador como el arrendatario tienen derechos y obligaciones recíprocas.

¿Cómo se clasifica el arrendamiento financiero?

Un arrendamiento financiero se contabiliza de forma similar a un arrendamiento de capital según ASC 840 donde un activo de derecho de uso y un pasivo de arrendamiento se registran igual que el valor actual neto de los pagos de arrendamiento.

¿Qué es un contrato de arrendamiento?

El contrato de arrendamiento es un documento en el cual una de las partes denominada arrendador cede el uso de su propiedad a otro sujeto que es conocido como arrendatario. Esto, a cambio de un pago periódico durante el periodo que dure el acuerdo.

LEER:   Cuanto gana un Reforestador?

¿Quiénes son los sujetos del contrato de arrendamiento?

Los sujetos del contrato de arrendamiento, las partes, son el arrendador y el arrendatario (más conocidos como casero e inquilino) que pueden actuar por sí mismos o mediante representantes. Normalmente, el arrendador es el propietario de la finca.

¿Cómo se reconocen los arrendamientos?

Esta NIF estipula que los arrendamientos deben ser reconocidos dentro del balance general del arrendatario como un activo, en la sección no circulante, y un pasivo a valor presente. El gasto derivado del arrendamiento se hará amortizando mes con mes el activo y reconocerlo con gasto en Estado de resultados.

¿Cómo se regula el contrato de arrendamiento en Chile?

En Chile el contrato de arrendamiento se encuentra regulado en el Título XXVI del Libro IV del Código Civil, artículos 1915 a 2021. por los artículos 1974 y siguientes del Código Civil de Colombia y el contrato de local comercial por el Código de Comercio de Colombia,

Comienza escribiendo tu búsqueda y pulsa enter para buscar. Presiona ESC para cancelar.

Volver arriba