¿Quién es el tutor de una persona mayor?
Si nos basamos en el artículo 234 del Código Civil, para el nombramiento de tutor de una persona mayor se preferirá: – Al designado por el propio tutelado. – Al cónyuge que conviva con el tutelado. – A la persona o personas designadas por éstos en sus disposiciones de última voluntad. – Al descendiente, ascendiente o hermano que designe el juez.
¿Cuáles son las responsabilidades de un tutor de alguien mayor?
Una de las responsabilidades de un tutor de alguien mayor es el cuidado de los bienes de la persona. Esto incluye asegurarse de que el individuo esté viviendo en un ambiente limpio, y de que el mantenimiento normal de la casa y la tierra se lleve a cabo con regularidad.
¿Quién puede ser tutor?
Aun cuando el Código Civil establece un orden de preferencia para el nombramiento de tutor, en atención al superior interés de la persona necesitada de protección, el Juez puede designar tutor a cualquier persona física o jurídica que considere idónea.
¿Cómo asesorar a un tutor?
De esta forma y como sea que el tutor anualmente deberá presentar en el Juzgado una rendición de cuentas que informe sobre la situación en la que se encuentra el tutelado, resulta recomendable el asesoramiento de un abogado a fin de cumplir satisfactoriamente con dicha obligación. ¿Tienes dudas?
¿Quién puede ser tutor de los hijos menores de edad?
También los padres, en previsión de padecer una enfermedad, tener un accidente de tráfico o cualquier otra fatalidad y fallecer siendo sus hijos menores de edad, pueden designar en su testamento o en escritura de nombramiento de tutor a la persona o personas que en su ausencia quieren que se ocupen de sus hijos menores.
¿Cuáles son las obligaciones del tutor?
Y es que el tutor tiene la obligación de velar por el tutelado, en concreto, a procurarle alimentos, a educarle y procurarle una formación integral, a promover la adquisición o recuperación de la capacidad del tutelado y su mejor inserción en la sociedad e informar al juez anualmente sobre la situación del menor o incapacitado.