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¿Quién decide un embargo?
El embargo es una medida cautelar, que solo puede estar autorizada y firmada por un juez, previo al inicio de un juicio. El embargo puede recaer sobre cualquier bien que esté a nombre del deudor, también puede recaer sobre el salario o si posee cuente bancaria puede recaer sobre ésta última.
¿Cómo se realiza un embargo de bienes inmuebles?
El embargo de un inmueble debe ser un procedimiento legal, es decir ha de decretarse siempre por la autoridad administrativa o judicial, mediante un juicio en el que se le permita al señalado dar su versión de los hechos.
¿Qué debe tener el registrador de la propiedad para anotar un embargo?
Con arreglo al nuevo régimen derivado de la vigente LEC, el registrador de la propiedad debe tener claro lo siguiente: 1º.- Para anotar un embargo, se debe expresar SIEMPRE el importe que garantiza por principal, y en su caso, intereses y costas.
¿Cuándo se entiende efectuado el embargo de un bien inmueble?
El momento preciso en el que se entiende efectuado el embargo de un bien inmueble es cuando el mismo se decrete por resolución judicial. En el caso de que el acreedor no tenga conocimiento de los bienes que pueda tener el demandado, el Tribunal requerirá al deudor para que los manifieste, teniendo este obligación de manifestarlos.
¿Qué es el embargo y para qué sirve?
Aunque el embargo es un derecho del acreedor para ejercer cobro sobre los bienes del deudor, para que éste sea legal debe llevarse a cabo un proceso determinado.
¿Qué es un embargo de crédito?
El embargo nace, generalmente, como consecuencia de una obligación de crédito que no ha sido satisfecha voluntariamente por su deudor. Es entonces cuando el acreedor puede invocar la tutela de los Tribunales de Justicia para asegurar el cobro de su crédito mediante la traba en un bien propiedad del deudor.