Quien controla la orden de alejamiento?

¿Quién controla la orden de alejamiento?

La única persona que tiene autoridad para acordar e imponer una orden de alejamiento es un juez. Cuando esta orden es solicitada, el juez necesita la existencia de varios hechos para que la decisión de imposición esté justificada.

¿Cuál es la distancia de una orden de alejamiento?

“La distancia establecida en la prohibición de aproximación debe medirse en la forma en que determine la resolución que acuerda la medida y, en su defecto, en línea recta”.

¿Dónde acudir para pedir una orden de alejamiento?

¿Dónde debo pedir esta medida de protección? Esta orden solamente la puede dictar un juez, y la puedes pedir: Como medida cautelar (antes del juicio). Como una de las partes de la Sentencia (obviamente después del Juicio).

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¿Cómo renovar una perimetral Argentina?

La prórroga debe ser solicitada antes del vencimiento de la medida ante el juez que la otorgo. No es necesario ir al a la comisaria. Acompañada de tu abogado, cuando se pidio por primera vez la orden perimetral, se debe solicitar el expediente para poder pedir la prórroga.

¿Cómo se regula la Orden de alejamiento?

En el Código Penal se regula la orden de alejamiento. Se ubica en la Sección 3ª (de las penas privativas de derechos) del Capítulo I (de las penes, sus clases y efectos), Título III (de las penas). 1.

¿Qué pasa si se incumple una orden de alejamiento?

Una orden de alejamiento puede ser incumplida en dos situaciones. Si el agresor tuviera intención de provocar un encuentro con la víctima (es decir, que obrara con dolo) éste será penado con prisión de seis meses a un año, según el artículo 468.2 del Código Penal.

¿Cuál es la diferencia entre orden de alejamiento y pena accesoria?

Dicha concreta forma dependerá del momento procesal en que se acuerde: si lo es durante la fase de instrucción la orden de alejamiento se configurará como medida cautelar, mientras que si es impuesta a la hora de dictar sentencia se configurará como pena accesoria.

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¿Cuáles son los delitos susceptibles de permitir la aplicación de órdenes de alejamiento?

Ahora bien, según el artículo 57 del Código Penal, no todos los delitos son susceptibles de permitir la aplicación de órdenes de alejamiento. En concreto, deben hacer referencia a estos: Lesiones. Aborto. Homicidio. Amenazas, acoso y delitos contra la libertad en general. Trata de seres humanos. Torturas. Delitos contra la integridad moral.

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