¿Quién concede la excedencia por violencia de género?
La excedencia por razón de violencia de género o violencia terrorista se deberá demandar por escrito a la Administración pública, mediante una solicitud formal. En esta solicitud deberán constar los siguientes datos: Datos acerca del empleado público (puesto de trabajo, grupo y subgrupo o grupo profesional).
¿Qué derechos tiene una persona abusada sexualmente?
Derecho a ser escuchado. Derecho a no ser objeto de ningún tipo de violencia. Derecho a la protección contra el abuso sexual. Derecho a una educación sexual oportuna y de calidad.
¿Cómo solicitar la excedencia de violencia de género?
Todos los empleados que cumplan con los requisitos antes citados sobre violencia de género o violencia terrorista podrán solicitar esta excedencia sin estar sujeta a ninguna otra condición. De esta forma, no se exige un tiempo mínimo de servicios previos o de antigüedad para poder solicitar esta excedencia.
¿Cómo saber si soy víctima de violencia de género o doméstica?
– Deberá acreditarse la condición de víctima de violencia de género o doméstica aportando sentencia judicial, orden de protección judicial, informe del Ministerio Fiscal o informe de los servicios sociales de la administración pública competente (autonómica o local) o casa de acogida.
¿Cómo solicitar ayuda a la violencia de género?
Esta ayuda se tiene que solicitar en los Servicios Sociales de cada Comunidad Autónoma. Cada uno tiene su propia normativa, que desarrolla la regulación estatal ( Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
¿Cuáles son las ayudas estatales para las mujeres victimas de violencia de género?
Además de las ayudas estatales que ya hemos comentado, hay que hacer especial mención al Ingreso Mínimo Vital (IMV), para las mujeres victimas de violencia de género en situación de vulnerabilidad económica.