Tabla de contenido
¿Qué ventajas ofrece el sistema arbitral de Consumo?
Ventajas del arbitraje de consumo El arbitraje de consumo es un sistema extrajudicial (alternativo a la Justicia), Voluntario (ojo, el denunciado puede negarse a acudir. Eficaz, ya que es más rápido que la vía judicial. Gratuito, salvo que se propongan peritajes sobre las cosas por una de las partes.
¿Qué es el arbitraje de consumo?
El arbitraje de consumo es un servicio público que permite resolver los conflictos de consumo por una vía extrajudicial, de una manera eficaz, sencilla, gratuita, rápida, voluntaria y de calidad, con efectos vinculantes y ejecutivos.
¿Qué funciones abarca la Junta arbitral de Consumo?
Funciones de la Junta Arbitral Provincial de Consumo Fomentar el arbitraje de consumo entre empresas o profesionales, consumidores o usuarios y sus respectivas asociaciones, procurando la adhesión de las empresas o profesionales al Sistema Arbitral de Consumo mediante la realización de ofertas públicas de adhesión.
¿Dónde y cómo se puede una empresa adherir a un sistema de arbitraje?
Para presentar la solicitud, se puede utilizar el formulario de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo elaborado por la Dirección General de Consumo, en el que se deberá: Rellenar los datos de la empresa o profesional que desea la adhesión, así como los de la persona representante, si procede.
¿Cuáles son las funciones del arbitraje?
El arbitraje es un mecanismo alternativo de solución de conflictos mediante el cual las partes defieren a árbitros lasolución de una controversia relativa a asuntos de libre disposición o aquellos que la ley autorice.
¿Quién es el Colegio arbitral de Consumo?
El colegio arbitral es el órgano encargado de resolver los litigios de consumo que se hayan presentado ante una Junta Arbitral de Consumo.
¿Cómo se puede dar inicio a un arbitraje de consumo?
Dicho sistema es voluntario y gratuito para las partes. 2. ¿De qué forma se puede dar inicio a un arbitraje de consumo? El arbitraje de consumo sólo se puede iniciar a petición del consumidor o usuario y nunca del empresario.
¿Cómo se regula el Sistema Arbitral de consumo?
Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo. Real Decreto 863/2009, de 14 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo.
¿Qué pasa si la empresa a la que se reclama no acepta el arbitraje?
El inconveniente es que ambas partes deben someterse de forma voluntaria, por lo que si la empresa a la que se reclama no acepta el arbitraje, entonces hay que acudir a la vía judicial para reclamar sus derechos. Contenido reservado a socios y simpatizantes.
¿Qué es el arbitraje y para qué sirve?
El arbitraje tiene como pilar fundamental la autonomía de la voluntad de las partes, quienes optan por esta vía como método de solución de sus controversias. El proceso arbitral es gratuito para ambas partes desde el inicio hasta su finalización, no siendo necesario asistir con patrocinio letrado.