Que tipo de contrato se puede hacer verbal?

¿Qué tipo de contrato se puede hacer verbal?

Tipos de contratos verbales

  • Contrato de compraventa de un inmueble.
  • Contrato de prestación de servicios.
  • Contrato de obra.
  • Contrato verbal de trabajo.

¿Cuándo puede ser verbal un contrato de trabajo?

De acuerdo al artículo 6 de la Ley General del trabajo, menciona que sí se puede celebrar un contrato de trabajo de manera verbal y que la misma, a través de todos los medios legales de prueba se buscará su respectiva acreditación.

¿Cómo hacer valer un contrato verbal?

Existen algunos medios por medio de los cuales se puede demostrar la existencia de dicho contrato, como son:

  1. Testimonios.
  2. Pagos de desprendibles de nómina.
  3. Afiliación a la ARL.
  4. Pagos a la seguridad social.
  5. Certificaciones.
  6. Correos electrónicos mediante los cuales se haya realizado alguna solicitud al empleador.
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¿Qué pasa si no se cumple un contrato verbal?

En este caso, usted puede iniciar dos procedimientos: acciones de carácter prejudicial y judiciales. La primera se trata de la conciliación para llegar a un acuerdo entre las partes del contrato. En ese sentido, puede asistir a un centro de conciliación, un conciliador en equidad, una notaría o Defensoría del Pueblo.

¿Cuáles son los acuerdos verbales?

Ejemplos de acuerdos verbales pueden ser el consumidor que compra todos los días en la misma tienda de conveniencia: “Pepe, ¿tienes el pan y el periódico de siempre?». O el que pide dos cervezas de viva voz en un bar.

¿Cuáles son las cosas que puedo demostrar que existe un acuerdo verbal?

Básicamente, ocupas todas las cosas que puedan demostrar que tal acuerdo verbal existe, sea testigos (de preferencia), facturas, notas de pago, conversaciones sean telefónicas, por correo electrónico o medios digitales, etc. Saludos, y esperemos todo salga bien.

¿Qué dice el Código Civil sobre los contratos y acuerdos verbales?

El Código Civil aborda los contratos y los acuerdos verbales en distintos artículos. Como ves, para que un contrato sea válido debe haber consentimiento, objeto cierto y obligación.

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¿Cuándo es válido el contrato verbal?

El contrato verbal es perfectamente válido excepto en los casos en los que la ley obligue a realizarlo en forma escrita, como en el caso de creación, modificación o extinción de derechos reales sobre bienes inmuebles, para los que se exige escritura pública ante Notario.

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