Tabla de contenido
- 1 ¿Qué sucede cuando una de las partes de un contrato fallece?
- 2 ¿Qué pasa con un contrato si el arrendador muere?
- 3 ¿Quién factura en la sucesión?
- 4 ¿Cómo tributa una sucesión?
- 5 ¿Quién declara los bienes de una sucesión indivisa?
- 6 ¿Por qué el contrato de arrendamiento no muere con los contratantes?
- 7 ¿Qué sucede con la promesa de compraventa cuando muere el promitente comprador?
¿Qué sucede cuando una de las partes de un contrato fallece?
El inquilino cumplirá con seguir ingresando la renta en la misma cuenta de siempre. Son los herederos los que tienen la obligación y responsabilidad de acreditarle al arrendatario tanto el fallecimiento del arrendador como a quién se ha de pagar a continuación.
¿Qué pasa con un contrato si el arrendador muere?
El contrato de alquiler al fallecimiento del arrendador se extinguirá de pleno derecho si el arrendador era el usufructuario del bien.
¿Quién debe facturar cuando fallece el arrendador?
Artículo 2408. El contrato de arrendamiento que se celebró con el autor de la sucesión continua vigente y el albacea es el único facultado para emitir las facturas para poder seguir pagando las rentas en los mismos términos que se establecieron en el contrato original.
¿Qué pasa cuando una persona fallece puede facturar?
Artículo 38. – Para los efectos de lo señalado por los artículos 29 y 29-A del Código en caso de fallecimiento del contribuyente, el representante legal de la sucesión, será el único autorizado para seguir emitiendo los comprobantes fiscales digitales por Internet que corresponden al autor de la sucesión.
¿Quién factura en la sucesión?
El artículo 6 inc. c) de la ley 11683 dispone que los administradores legales o judiciales de las sucesiones y, a falta de éstos, el cónyuge supérstite y los herederos, están obligados a pagar el tributo con los recursos que administran, perciben o disponen, como responsables de la deuda tributaria ajena.
¿Cómo tributa una sucesión?
Las sucesiones indivisas son contribuyentes por las ganancias que obtengan hasta la fecha que se dicte declaratoria de herederos o se haya declarado válido el testamento que cumpla la misma finalidad, estando sujetas al pago del impuesto, previo cómputo de las deducciones a que hubiere tenido derecho el causante, con …
¿Cómo tributa una sucesión indivisa?
Las sucesiones indivisas son contribuyentes por las ganancias que obtengan hasta la fecha en que se dicte declaratoria de herederos o se declare válido el testamento, previo cómputo de las deducciones a que hubiere tenido derecho el causante conforme al art. 23 y con sus limitaciones (art. 33 de la LIG).
¿Quién factura en una sucesión?
¿Quién declara los bienes de una sucesión indivisa?
Administración Federal de Ingresos Públicos.
¿Por qué el contrato de arrendamiento no muere con los contratantes?
Sucede que en Colombia ese tema no está expresamente regulado, y es así como ni el código civil, ni el código de comercio, ni la ley 820 de 2003 contemplan la muerte de una de las partes como causal para terminar el contrato de arrendamiento, de manera que en este caso el contrato no muere con los contratantes.
¿Qué sucede con el contrato de arrendamiento cuando una de las partes fallece?
¿Qué sucede con el contrato de arrendamiento cuando una de las partes, el arrendador o el arrendatario, fallece? El fallecimiento de las partes no implica la desaparición del contrato.
¿Por qué el arrendador no puede dar por terminado el contrato?
El arrendador no puede dar por terminado el contrato porque el arrendatario hubiera muerto, pero si puede darlo por terminado si los herederos no pagan el respectivo canon, configurándose el incumplimiento por falta de pago.
¿Qué sucede con la promesa de compraventa cuando muere el promitente comprador?
¿Qué sucede con la promesa de compraventa cuando muere el promitente comprador o el promitente vendedor? Promesa de compraventa no desparece por muerte de uno o ambos promitentes. El código civil no considera que por la muerte de uno de los promitentes la promesa de compraventa termine, o que no se deba cumplir con lo prometido.