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¿Qué significa cargo de robo en primer grado?
El robo en primer grado se refiere a ingresar a un edificio para cometer un delito mayor o robo mientras está armado con un arma, amenazar a los ocupantes con un arma de fuego o dispositivo explosivo, o dañar a alguien mientras comete el delito.
¿Cuántos tipos de hurto?
Tipos de hurtos
- Hurto básico: es el tipo más simple.
- Hurto leve: en estos casos lo obtenido ilegalmente tiene un valor de mercado superior a los valores vistos en el punto anterior, aproximadamente.
- Hurto agravado: categoría aplicable en casos que involucren objetos con importancia histórica, cultural o científica.
¿Qué es un hurto simple?
ARTÍCULO 185°| HURTO SIMPLE. – El que, para obtener provecho, se apodera ilegítimamente de un bien mueble, total o parcialmente ajeno, sustrayéndolo del lugar donde se encuentra, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de tres años.
¿Cuáles son los tipos de hurto?
Existen tres tipos de hurto: Básico (art. 234.1 del Código Penal). El que, con ánimo de lucro, toma cosas muebles ajenas sin la voluntad de su dueño. Este tipo se castiga con la pena de prisión de seis a dieciocho meses si la cuantía excede de 400 euros. Leve (art. 234.2 del Código Penal).
¿Cuál es la diferencia entre hurto y delito leve de hurto?
La cuantía de esta diferencia está en los 400 euros. delito de hurto cuando la cuantía de lo hurtado supera los 400 euros. delito leve de hurto si la cuantía de lo hurtado no supera los 400 euros. Las penas serán: Para el delito de hurto están establecidas entre los 6 y 18 meses de prisión.
¿Qué es un hurto especial?
El Código Penal regula un tipo de hurto especial en el artículo 236. Este delito se produce cuando se presta un bien mueble a un tercero que lo tiene legítimamente en su poder, pero el dueño decide sustraerlo, creando con ello un perjuicio.
¿Qué es el delito de hurto simple?
El delito de hurto simple consiste en la apropiación de una cosa mueble ajena, sin la voluntad de su dueño, efectuada con ánimo de lucro y sin que concurran las circunstancias que la ley define como fuerza en las cosas o violencia e intimidación en las personas.