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¿Que se incluye en la pensión de alimentos?
El artículo 142 del Código Civil define la pensión de alimentos de la siguiente forma: «Se entiende por alimentos todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica.
¿Qué incluye la pensión de alimentos en Perú?
La pensión puede darse mediante acuerdo entre las partes o por via judicial. Por lo tanto abarca todo lo relacionado con el sustento, vivienda, vestimenta, necesidades médicas, educación e instrucción. En caso de estar en etapa de embarazo, se deben considerar los gastos relacionados con la gestación y el parto.
¿Cómo se calcula la pensión de alimentos en el Perú?
En el Perú, el cálculo de la pensión de alimentos se hace en función a los ingresos del demandado. Además, el porcentaje máximo a abonar es del 60\%, según lo establecido en el inciso 6 del artículo 648 del Código Procesal Civil.
¿Quién paga la pensión alimenticia?
Lo normal es que ambos se abonen al 50\%. Por lo general, es el cónyuge no custodio quien está obligado a pagar la pensión alimenticia. La razón es que se sobreentiende que el progenitor custodio ya asume los gastos cotidianos en su día a día con los hijos. ¿Qué ocurre en los casos de custodia compartida?
¿Qué es la pensión de alimentos?
Ya mencionamos que la pensión de alimentos es un derecho recíproco, y así lo refleja el Código Civil Mexicano, que además de regular la obligación de los padres a prestar alimentos a sus hijos, también regula la obligación de los hijos a dar alimentos a los padres. Los hijos están obligados a dar alimentos a los padres.
¿Cuál es la base de los descuentos de la pensión alimenticia?
Es común, cuando se trate de asuntos del índole familiar civil, que las empresas tengan trabajadores a los cuales se le tenga que hacer descuentos, de su salario, ordenados por un juzgado especializado, sin embargo, a veces no conocemos cual es la base de los descuentos de la pensión alimenticia. Artículo 110.-
¿Qué es el impago de la pensión de alimentos?
Es importante recordar que el impago de la pensión de alimentos puede llegar a constituir un delito penal, calificado como abandono de familia, cuando transcurren dos meses consecutivos sin pagar, o cuatro no seguidos.