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¿Que se encarga la Suprema Corte de justicia?
La Suprema Corte de Justicia de la Nación es el Máximo Tribunal Constitucional del país, en virtud de lo cual, tiene como responsabilidad fundamental la defensa del orden establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, además de solucionar, de manera definitiva, otros asuntos jurisdiccionales …
¿Cuántos países tienen Tribunal Constitucional?
En efecto, la posibilidad de eliminar el Tribunal Constitucional debe analizarse. En la mayoría de los países no existen cortes constitucionales exclusivas; de hecho, en Latinoamérica, a excepción de Chile, existen solo en Bolivia, Colombia, Ecuador, Guatemala, Republicana Dominicana y Perú.
¿Cuáles son los ejemplos de tribunales importantes?
Es decir, tratan asuntos que en ocasiones han sido apelados en instancias inferiores. Algunos ejemplos de tribunales importantes son: Tribunal Constitucional: Es aquel ente encargado de velar por el cumplimiento de la Constitución y es su máximo intérprete. Se trata normalmente del órgano con mayor jerarquía dentro del Poder Judicial.
¿Qué es un Tribunal de Justicia?
Los tribunales de justicia. 1. m. tribunal que se forma con tres o más individuos, por contraposición al tribunal unipersonal. 1. m. tribunal que solo conoce de los quebrantamientos o infracciones de ley alegados contra los fallos de instancias y, por modo excepcional, de errores sobre hecho y prueba.
¿Quién designa a los miembros del Tribunal?
Los miembros del Tribunal son designados por el Presidente de la República, por el Senado -algunos a propia iniciativa y otros a proposición de la Cámara de Diputados- y por la Corte Suprema, de modo que su representatividad y legitimidad no puede ser objetada.
¿Cuáles son los tribunales populares y supremos?
12. tribunal popular DERECHO, POLÍTICA Aquel que se constituye en un momento revolucionario, al margen de la legislación vigente y cuyos miembros actúan con procedimientos sumarios y aplicando penas graves. 13. tribunal supremo DERECHO El más alto de la justicia ordinaria, cuyos fallos sólo son recurribles ante el constitucional.