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¿Qué se considera separación de hecho?
La separación de hecho supone el cese de la convivencia de los cónyuges, antes de tramitar una separación legal o un divorcio. A diferencia de la separación «de derecho», la separación de hecho no supone seguir los trámites establecidos a partir del artículo 81 del Código Civil ni se encuentra reconocida jurídicamente.
¿Qué implica el divorcio por separación de hecho?
En un Divorcio por Separación de Hecho, el deber matrimonial que se rompe es el de cohabitación (convivencia), esto significa que los cónyuges no viven juntos y que tampoco exista la posibilidad de que puedan retomar esta cohabitación.
¿Cómo se debe decretar la separación?
La separación se debe decretar judicialmente. Puede ser a petición de ambos cónyuges o de uno con el consentimiento del otro, en cuyo caso se debe presentar una propuesta de convenio regulador. Si es a petición de uno solo, deben haber transcurrido como mínimo tres meses desde la celebración del matrimonio.
¿Cómo puedo divorciar a una persona separada?
Las personas separadas no lo pueden hacer ya que continúan legalmente casados. La separación puede formalizarse de hecho o ante Notario o por resolución judicial. En cambio, el divorcio siempre debe ser ante notario o la justicia, ya que no existe el divorcio de hecho.
¿Qué es la separación matrimonial?
La separación matrimonial es la decisión de los cónyuges de poner fin a su convivencia y comenzar vidas independientes. Está regulada por el Código Civil y en los artículos 769 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Puede ser de hecho, por mutuo acuerdo, o judicial.
¿Qué es una separación contenciosa?
También puede ser una separación contenciosa, en la cual será el Juez quien determine las medidas que hacen a los distintos aspectos de la vida a partir de la separación, como cargas del matrimonio, pensión de alimentos, uso de la vivienda y régimen de visitas, entre otros.