¿Qué procede cuando hay allanamiento de morada?
El allanamiento de morada es un delito que está previsto para proteger la seguridad del domicilio y sancionar a quien viole la intimidad del mismo, introduciéndose sin la autorización correspondiente.
¿Qué pasa si alguien se mete a mi casa sin mi consentimiento?
México castiga este delito con prisión de 1 mes a 2 años.
¿Qué es una casa habitada?
Pen. Morada o vivienda de una o más personas; aunque accidentalmente se encuentren ausentes. La realización del delito de robo en dicho lugar trae consigo la agravación de la pena, debido al peligro existente para la vida o la salud de los moradores.
¿Qué es el allanamiento de morada?
El allanamiento de morada es un delito del Código Penal recogido en su artículo 202 .2 si es violento o intimidatorio y 202.1 si no lo es. Es, además, un delito menos grave (artículos 13.2 y 33.3) ya que las penas de prisión previstas para el mismo son de uno a cuatro años, en el primer caso, y de seis meses a dos años, en el segundo.
¿Cuál es el castigo en caso de allanamiento de morada?
4.El castigo en el caso de que el allanamiento de morada se ejecute con violencia o intimidación, entrase o se mantuviese contra la voluntad de su titular en el domicilio de una persona jurídica pública o privada, será de una pena de prisión de seis meses a tres años. Herencias, impagos de rentas, divorcios, despidos…
¿Cuáles son las modalidades de allanamiento?
A tenor del artículo 202 del Código Penal, existen dos modalidades de allanamiento: Entrar en una morada ajena sin consentimiento. La penetración en la vivienda de otro ha de ser total para que se consuma el allanamiento. Esta modalidad nos sitúa ante un delito de acción en sentido estricto (artículo 10 del Código Penal).
¿Por qué la vivienda es una morada?
Es decir, se considerará que la vivienda constituye su morada aunque no tenga documento alguno que acredite la propiedad o el arrendamiento, simplemente por el hecho de desarrollar en ese lugar su vida privada. Esto último, es el rasgo esencial que define el domicilio, a los efectos de protección constitucional y penal.