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¿Qué pasa si venden el local que tengo alquilado?
Cuando el propietario de un local alquilado quiere venderlo, la ley otorga al arrendatario –en este caso, usted– un derecho de adquisición preferente, por el mismo precio y condiciones que se hayan fijado para la venta a terceros.
¿Quién puede hacer un contrato de arrendamiento?
Un contrato de arrendamiento o contrato de alquiler es un documento entre un arrendador y un arrendatario.
¿Quién puede realizar un contrato de alquiler?
En el contrato de alquiler o “Contrato de Locación” deben aparecer dos figuras: el locador o arrendador, que es quien entrega el inmueble en alquiler y el locatario, arrendatario o inquilino que es quien recibe el inmueble en alquiler y se obliga a pagar el precio mensualmente.
¿Cómo desalojar a un propietario?
Solo lo pueden desalojar legalmente usando procedimientos de la corte formales. Si el propietario sigue el proceso debido de la corte, usted puede presentar su demanda para recuperar su hogar o los daños incurridos como una defensa o contrademanda al caso de desalojo del propietario.
¿Quién puede desalojar a un propietario después de ir a la corte?
Incluso si el propietario obtiene una orden de desalojo, solo un alguacil, alguacil auxiliar o alguacil de la corte puede desalojarlo físicamente a usted y sacar sus pertenencias de la vivienda. Lea El desalojo después de ir a la corte para obtener más información el proceso de desalojo.
¿Cómo desalojar a un inquilino de una propiedad?
Una vez ganada esta demanda, el proceso para desalojar a un inquilino requerirá que el propietario contacte a una autoridad que notifique al arrendatario de lo ocurrido y lo escolte fuera del inmueble con todo y sus pertenencias. Estos son los aspectos más importantes que tomar en cuenta al desalojar a un inquilino de una propiedad.
¿Qué hacer si me desalojaron ilegalmente y no puedo volver a entrar a mi hogar?
Si lo desalojaron ilegalmente y no puede volver a entrar a su hogar, puede demandar al propietario para recuperar la posesión de su hogar. Tiene que presentar su caso dentro de los 90 días del desalojo ilegal por parte del propietario o de cuando se dio cuenta que no podía entrar a su vivienda.