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¿Qué pasa si mi expareja está pendiente de pagar la hipoteca?
De todos modos queda pendiente de pagar la hipoteca. Responder Inmaculada Castillo 19 Jul 2018 Hola Pina, Salvo que hayáis acordado otra cosa, los dos sois copropietarios y los dos sois obligados al pago de la hipoteca, por lo que tu expareja tiene una deuda contigo por el importe del 50\% de las cuotas de hipoteca.
¿Cómo pagar la hipoteca del otro?
Si económicamente puedes, una de las opciones es pagar la parte de la hipoteca del otro. Y después reclamárselo a través del derecho de repetición.
¿Qué hacer si mi ex pareja no paga la cuota hipotecaria?
Si te encuentras en esta situación y tu ex pareja no paga su parte de la cuota hipotecaria, lo más recomendable es contratar los servicios de abogados civilistas, ya que contratar un abogado especializado te va a garantizar un mayor conocimiento acerca de los temas tratados, puesto que tiene experiencia en casos similares con anterioridad.
¿Qué derechos tiene un tercero que haya pagado las cuotas de la hipoteca?
Además, en el caso de que sea un tercero que haya pagado las cuotas de la hipoteca (un padre o hermano por ejemplo), también tendrá derecho a reclamar mediante la acción de reembolso prevista en el Código Civil: “El que pagare por cuenta de otro podrá reclamar del deudor lo que hubiese pagado, a no haberlo hecho contra su expresa voluntad”.
¿Se puede suprimir una hipoteca?
Sin embargo, hay que tener presente que el banco no siempre estará dispuesto a aceptar la supresión de uno de los titulares de la hipoteca, pues para él supone perder a una garantía de pago.
¿Quién puede modificar la hipoteca sin contar con el acreedor hipotecario?
El matrimonio o la pareja de hecho no pueden por sí solos proceder a la modificación subjetiva de la hipoteca sin contar con el acreedor hipotecario (Banco). El Banco debe autorizar la salida de uno de los cónyuge de la obligación de pago.
¿Qué hay que pagar para quitar a mi ex de la hipoteca?
¿Qué hay que pagar para quitar a mi ex de la hipoteca? Para hacer una novación y una extinción hay que escriturar las modificaciones ante notario e inscribir esos cambios en el Registro de la Propiedad, unas operaciones que tienen un coste asociado. Además, también habrá que pagar los tributos correspondientes.