Tabla de contenido
¿Qué mayoría se exige para aprobar modificar o derogar una ley orgánica?
Artículo 81 La aprobación, modificación o derogación de las leyes orgánicas exigirá mayoría absoluta del Congreso, en una votación final sobre el conjunto del proyecto.
¿Quién está facultado para reformar la Constitución?
Constituyente Permanente. Órgano competente para adicionar o reformar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se integra por las cámaras de Diputados y de Senadores y las legislaturas estatales. A nivel local se le llama órgano revisor y se integra por el Congreso local y los ayuntamientos.
¿Qué mayoría necesita una ley organica?
La ley orgánica, frente a la ley ordinaria, es aquella prevista en la Constitución Española de 1978 (artículo 81) que requiere el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados en una votación final sobre el conjunto del proyecto aprobado.
¿Cuál es el procedimiento para las modificaciones o adiciones a la Constitución?
El artículo 135 establece, en forma resumida, un procedimiento para las modificaciones o adiciones a la Constitución, en el que además de la aprobación del Congreso de la Unión se debe contar con la aprobación de la mayoría absoluta (la mitad más uno) de los congresos de los Estados de la República.
¿Cuándo puede ser modificada la Constitución española sin ningún límite?
Según el Tribunal Constitucional (SSTC 48/2003, FJ 7 y 103/2008, FJ 2), la Constitución Española puede ser modificada sin ningún límite, esto es, sin que existan clausulas de intangibilidad explícitas o implícitas, siempre y cuando se respete el procedimiento legal establecido.
¿Cuáles son las modificaciones del texto constitucional?
Esta es una vía menos rígida, y por la que se han producido las dos únicas modificaciones del texto constitucional: la del art. 13.2 CE y la del art. 135 CE.
¿Es posible reformar la Constitución?
El Anteproyecto de Ley para reformar la Constitución requiere el voto de tres quintas partes de Senado y Congreso Aunque la vicepresidenta tercera y Ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, afirmase ayer que el Gobierno «había modificado el artículo 49 de la Constitución», en realidad eso no es posible.