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¿Qué ley regula los aspectos del contrato de seguros?
Ley 17418 del 30/8/67. Buenos Aires, 30 de agosto de 1967. Artículo 1. Hay contrato de seguro cuando el asegurador se obliga, mediante una prima o cotización, a resarcir un daño o cumplir la prestación convenida si ocurre el evento previsto.
¿Que regula la ley 20091?
Cuando en esta ley se hace referencia al seguro, se entiende comprendida cualquier forma o modalidad de la actividad aseguradora. Está incluido también el reaseguro, en tanto no resulte afectado el régimen legal de reaseguro en vigencia.
¿Qué son los acuerdos extrajudiciales de pagos?
Finalmente, aunque han sido los últimos en incorporarse a nuestro ordenamiento, los acuerdos extrajudiciales de pagos, también referidos como mediación concursal, son el instrumento óptimo para salvar la insolvencia de los deudores a través de la remisión parcial de sus deudas y el aplazamiento en el pago de las mismas.
¿Cuáles son los derechos de un asegurado?
Tendrá derecho a la libre elección de Abogado, Procurador y Perito en los casos en que se presente conflicto de intereses entre las partes del contrato. Y por último el Abogado, Procurador y Perito designados por el asegurado no estarán sujetos, en ningún caso, a las instrucciones del asegurador.
¿Cuáles son los servicios de una aseguradora?
Hay aseguradoras que cubren estos servicios, en nuestro caso la garantía o seguro de defensa jurídica y reclamación de daños, donde el término reclamación significa reclamar tanto extrajudicialmente como judicialmente.
¿Se pagan los honorarios de los abogados y procuradores en el seguro de defensa jurídica?
Una de las cuestiones que nos plantean muchos clientes es si el seguro de defensa jurídica y reclamación de daños, además de los honorarios de los abogados y procuradores también pagan los honorarios de los peritos y de los gestores que se ocupan de realizar la reclamación amistosa, o también llamada extrajudicial. La respuesta es que sí.