¿Qué hacer si un inquilino molesta?
Si el ruido lo ocasiona el inquilino, la comunidad de propietarios (a iniciativa propia o de cualquier vecino) puede interponer una demanda contra dicho inquilino, para que cese en la actividad que está realizando. Ello puede dar lugar a que el juez prohíba al inquilino usar el piso durante un máximo de tres años.
¿Qué derecho tiene un arrendatario?
El derecho principal del arrendatario es el disfrute del bien durante la duración del contrato. El arrendatario de bienes inmuebles también tendrá derecho a la adquisición preferente, en caso de que el propietario pretenda venderlos.
¿Qué hacer si un inquilino causa molestias?
En primer lugar, si el inquilino causa molestias, la comunidad de propietarios debe: Requerir al inquilino la cesación de la actividad molesta de manera extrajudicial mediante burofax. El requerimiento debe realizarse por el Presidente de la Comunidad a iniciativa propia o previa petición de cualquiera de los propietarios o vecinos.
¿Qué hacer si el inquilino y el propietario no comunican las quejas?
Si a pesar de comunicar las quejas no cesan las molestias y el propietario mantiene una actitud pasiva, la comunidad de propietarios podrá entablar judicialmente una demanda contra el inquilino y propietario, previo acuerdo en Junta.
¿Cuáles son los conflictos más habituales con los inquilinos?
Los conflictos más habituales con los inquilinos son el incumplimiento de las normas de régimen interno, la limpieza y, como no, ¡los ruidos! Curiosamente, también suele haber problemas con las mascotas.
¿Qué hacer si alquilas una vivienda en comunidad?
Si eres propietario de una vivienda en comunidad y la tienes alquilada vigila los actos de tu arrendatario. Si tu inquilino causará perjuicios, daños o comportamientos molestos para el resto de vecinos tú podrías ser en última instancia el responsable de sus actos.