Que hacemos con las ejecuciones de embargo en la empresa?

¿Qué hacemos con las ejecuciones de embargo en la empresa?

Ejecuciones de embargo en la empresa ¿ahora qué hacemos? Cuando las cosas se ponen feas y dejamos de pagar determinados servicios, facturas pendientes, salarios, impuestos y cualquier otro débito pendiente, pueden comenzar y comenzarán a llegarnos embargos sobre los bienes y derechos de la empresa.

¿Cómo funcionan los embargos de bancos?

Los bancos actúan como entidades colaboradoras en el momento de cobrar impuestos a los contribuyentes y, por lo tanto, también colaborarán si se tiene que llevar a cabo un embargo. Es por esto mismo que, ante las deudas con la administración, se producen los embargos de bancos, que no son más que el embargo de una cuenta bancaria.

¿Quién puede autorizar un embargo de cuenta bancaria?

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Un embargo lo puede llevar a cabo una administración pública o lo puede decretar un juez. En este artículo sobre embargos de cuenta bancaria ya os contamos con todo detalle qué es un embargo y quien puede autorizarlo.

¿Cómo se calcula el embargo?

Para el cálculo del embargo se ha de tener en cuenta lo siguiente. El primer Salario Mínimo Interprofesional es inembargable, 707,70 € sin pagas extras prorrateadas y 825,60 € con las pagas extras prorrateadas. Esta cantidad se calcula sobre el salario neto.

¿Cómo se clasifican los embargos?

Podemos clasificar los embargos en dos tipos, aunque podríamos realizar muchas más clasificaciones pero por la forma de resolución, dos tipos pueden resultar adecuados.

¿Cómo llevar a cabo el embargo?

Para llevar a cabo el embargo, se atenderá, no obstante, a un doble criterio: Facilidad de enajenación y menor onerosidad para el obligado. Es decir, se trata de “desplumar el ganso de forma tal que se obtenga la mayor cantidad de plumas con el menor ruido”, como definía Colbert, el arte de los impuestos.

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¿Se puede anular un embargo?

Pues bien, en estos casos es posible anular también dicho embargo, siempre que las anteriores notificaciones no hayan llegado a conocimiento del contribuyente, por causas imputables a Hacienda.

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