Que gastos entran en una comunidad de propietarios?

¿Qué gastos entran en una comunidad de propietarios?

Los gastos de comunidad son una cuota periódica que cada propietario debe pagar. Se destinan al correcto funcionamiento de los suministros generales, al mantenimiento de las zonas comunes del edificio, así como de los recintos comunitarios. También puede incluir los gastos de calefacción en caso de que sea central.

¿Qué gastos corresponden al arrendador?

Por norma general, y tal y como estipula la LAU, el arrendador está obligado a hacer todos los gastos en reparaciones y averías necesarios para mantener la vivienda en una condición habitable. Es decir: gastos en la caldera, la calefacción, la instalación eléctrica, la fontanería…

¿Qué gastos hay en una comunidad?

Los gastos ordinarios de una comunidad pueden ser: Gastos de mantenimiento, conservación y reparación de servicios habituales de las comunidades: limpieza, ascensor, luz del portal, piscina, conserje, jardín, portería, antenas…

¿Quién paga arrendador o arrendatario?

Lo normal es que los gastos generales los pague el arrendador y los servicios individualizados los pague el inquilino. Así la luz, el gas y el agua correrían a cargo del inquilino.

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¿Cuáles son los gastos comunes de servicios públicos?

Los gastos comunes de servicios públicos incluyen los costos de servicio de agua, el uso de alcantarillado, electricidad y combustible de calefacción, como el gas natural. Te puede interesar: ¿Cuáles son los servicios públicos de uso doméstico?

¿Cómo afectan los gastos de servicios públicos a las finanzas?

Los servicios pueden provenir tanto de proveedores públicos o privados; sin embargo, cualquiera que sea su origen, son esenciales para el mantenimiento del hogar o los negocios. Los gastos de servicios públicos también tienen implicaciones fiscales, por lo que es importante entenderlos y saber cómo pueden afectar las finanzas.

¿Cuáles son los gastos que tendría que pagar por ser parte integrante del edificio?

Si que es verdad por otra parte que hay algunos gastos que tendría que pagar por ser parte integrante del edificio independientemente que tenga acceso por la escalera o no. Ejemplo, Seguro, mantenimiento por rehabilitación de fachada, acceso de sus cañerías a las cañerías de la comunidad si las hubiera, etc.

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¿Qué pasa si no figura la exención en el reparto de gastos general de la comunidad?

La Ley es muy restrictiva y todo aquello que no figure como exento se ha de suponer que interviene en dicho reparto de gastos. Si no figura en la Escritura de División Horizontal o bien en algún momento en un acta figure la exención deberán participar en el reparto de gastos general de la comunidad. Un saludo

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