Que garantias consagra el articulo 18 constitucional?

¿Qué garantías consagra el artículo 18 constitucional?

Es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos. El domicilio es inviolable, como también la correspondencia epistolar y los papeles privados; y una ley determinará en qué casos y con qué justificativos podrá procederse a su allanamiento y ocupación.

¿Qué derecho es el artículo 18?

Artículo 18. – Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente.

¿Qué es una violación de garantía?

Una violación de la garantía se produce cuando las reclamaciones o representaciones hechas sobre un producto en particular, en el momento de la venta, después demostrar que es falsa o errónea.

LEER:   Cuantas llamadas puede hacer un preso al dia?

¿Cuáles son las garantías del proceso penal?

Derecho a un proceso con todas las garantías y. Derecho a utilizar los medios de prueba pertinentes, es decir, a proponer la práctica de la prueba y a la práctica de la pertinente. En el ámbito penal, pueden citarse como garantías genéricas: el derecho a la tutela jurisdiccional (véase tutela judicial efectiva ), la presunción de inocencia,

¿Cuáles son las garantías genéricas en el ámbito penal?

En el ámbito penal, pueden citarse como garantías genéricas: el derecho a la tutela jurisdiccional (véase tutela judicial efectiva), la presunción de inocencia, el derecho de defensa y al debido proceso.

¿Cuáles son las garantías judiciales?

A) Garantías judiciales, son las que establecen las normas constitucionales con el objeto de lograr la independencia e imparcialidad del juzgador, y que a su vez pueden subdividirse en cuatro sectores: a) selección y designación; b) estabilidad; c) remuneración, y d) responsabilidad. a) Selección y designación.

Comienza escribiendo tu búsqueda y pulsa enter para buscar. Presiona ESC para cancelar.

Volver arriba