¿Qué es un socio aval?
Se dice que una persona es aval de otra cuando la primera se compromete a responder por los compromisos de la segunda, adquiridos mediante la suscripción de títulos de crédito, en caso de haber algún problema o incumplimiento. El que da un aval otorga una garantía de la obligación contraída por alguien más.
¿Qué es y para qué sirve un aval?
Legalmente, un aval es una persona física o moral, que asegura que la deuda será saldada. Esto quiere decir que si la persona o empresa que contrajo la deuda no paga, la institución que dio el préstamo tie- ne el derecho de exigir al aval que cubra la deuda e incluso puede ejecutar acción legal en contra de éste.
¿Cuánto tiempo dura un aval?
¿Por cuánto tiempo debo ser aval? El aval será durante todo el tiempo que dure la relación financiera sobre el préstamo o financiamiento de la persona que lo solicitó. Por lo que si el contrato se estipula un plazo de 5, 10 o 15 años, durante todo ese tiempo serás el aval.
¿Cuándo el demandante puede dirigirse contra el avalista?
¿Cuándo el demandante puede dirigirse contra el avalista? El demandante antes de iniciar un juicio ejecutivo para el cobro del crédito, puede decidir dirigirse directamente contra ti como avalista, sin que puedas excusarse del pago por el hecho de no haber sido demandado primero el deudor original.
¿Cuándo se extingue la garantía del socio que aporta el aval?
La garantía del socio que aporta el aval se extingue cuando la empresa liquida la deuda o si ésta se condona; por compensación o por novación (cambio en las condiciones del préstamo que liberaría al avalista de su papel). Si el que avala fallece sin que la deuda haya sido satisfecha, la garantía no se extingue sino que pasa a sus herederos.
¿Quiénes son los avalistas de la hipoteca?
En estos casos las entidades financieras solicitaban (y lo siguen haciendo) más garantías que la propia vivienda que se está hipotecando, y es allí cuando se proponía introducir en el préstamo a los padres o a los suegros como avalistas de su hipoteca.
¿Cuál es la diferencia entre el préstamo y el aval?
Como lo accesorio era el aval, decía el TS, y lo accesorio sigue a lo principal, si el préstamo era mercantil, el aval también sería mercantil y no se aplicaría el Derecho del Consumo. Daba igual quién fuera la persona del avalista.