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¿Qué es un indulto en la cárcel?
El indulto es una causa de extinción de la responsabilidad penal, que supone el perdón de la pena. Es una situación diferente a la amnistía, que supone el perdón del delito, ya que por el indulto la persona sigue siendo culpable, pero se le ha perdonado el cumplimiento de la pena. El indulto puede ser total o parcial.
¿Qué significa indulto biblicamente?
El indulto es un acto de perdón. La Biblia dice que era costumbre en la Pascua judía liberar a un preso18. Y la tradición cristiana señala la Semana Santa como la “Semana del perdón” a la que se llega tras la penitencia.
¿Quién puede pedir un indulto?
Quién puede solicitar el indulto Pueden pedir el indulto los penados, sus parientes o cualquier otra persona en su nombre, sin necesidad de poder escrito que acredite su representación.
¿Quién puede ejercer el indulto en nuestro país?
Cualquier persona que haya sido condenada con sentencia firme y que haya comenzado a cumplir la pena podrá acogerse a un indulto. En lo que se lleva de 2021, el Gobierno de España ha concedido ya 33 indultos, una cifra superior a la de 2020 en la cual se concedieron 30.
¿Quién puede solicitar el indulto?
En cuanto al procedimiento, pueden solicitar el indulto los penados, sus parientes o cualquier otra persona en su nombre «sin necesidad de pedir escrito que acredite la representación». Puede también proponer el indulto «el Tribunal sentenciador, el Tribunal Supremo o el Fiscal de cualquiera de ellos».
¿Qué es la concesión de indultos?
La concesión de toda clase de indultos se rige por la Ley de 18 de junio de 1870. Mientras no se dicte la ley que ha de regular esta prerrogativa, su otorgamiento ha de revestir la forma de Derecho motivado, previa deliberación del Consejo de Ministros y a propuesta del de Justicia, insertándolo en el Boletín Oficial del Estado, siendo irrevocable.
¿Qué es el indulto total?
El indulto total es la remisión de todas las penas a que hubiera sido condenado el reo y que aún no hubieran sido cumplidas.
¿Qué es el indulto parcial?
El parcial consiste en la remisión de alguna o algunas de las penas impuestas, o de parte de todas aquellas en que hubiera incurrido el delincuente, siempre que no se hubieran cumplido todavía, considerándose indulto parcial también la conmutación de la pena o penas impuestas por otras menos graves (Ley de 1870 artículo 4, párrafo último).