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¿Qué es la notificación personal?
La notificación personal Una persona en la Argentina, que puede estar o no residiendo, inclusive de paseo, puede recibir una notificación que cursa un escribano, un abogado u otra persona. Esto puede suceder en su domicilio como en la calle, en un restaurante, poco importa el lugar realmente.
¿Qué es una notificación oficial?
En el ámbito laboral: cuando se hace alguna notificación oficial a todo el personal que pertenece a una organización, lo suele comnunicar algunas de las autoridades de la empresa: director general o algún otro directivo de algún área operativa (Recursos humanos, Finanzas, Mercadotecnia o Producción).
¿Cómo notificar a una persona?
La notificación por correo postal o correo privado Otro método que la Corte puede utilizar para notificar es el envío de una carta certificada, o bien por DHL, UPS o FedEx. El acuse de recibo es suficiente para dar por notificada a la persona.
¿Cómo se cierra una carta de notificación?
Si es un documento laboral, se ciera con una despedida de cortesía. En el caso que sea una legal o fiscal, se indica la sanción a la que se hará acreedor ese sujeto en caso de que no acate tal disposición. Para finalizar, se cierra indicando el nombre y cargo de la persona que se hace responsable por esa carta de notificación.
Y respecto a la práctica de la notificación personal también reseñó que el numeral 3° del artículo 291 establece que la parte interesada remitirá una comunicación a quien deba ser notificado a cualquiera de las direcciones que le hubieren sido informadas al juez de conocimiento como correspondientes a quien deba ser notificado.
¿Qué es la notificación de la demanda?
Notificación de la demanda. Es el trámite en virtud del cual se comunica al demandado la admisión de la demanda y se le entrega copia de la misma. Seguidamente se procede al trámite del emplazamiento del demandado para que comparezca en autos.
¿Qué es la notificación de traslado?
Como ya se mencionó, dicha notificación tiene como finalidad enterar al demandado que contra el cursa un proceso, para que dentro del término de traslado conteste la demanda y así ejerza su derecho de defensa, principio fundamental del cualquier procedimiento.
¿Es viable la notificación de los actos judiciales a través de correo electrónico?
Así, la Sala precisó que es viable, mediante el uso de estas tecnologías, la notificación de los actos judiciales a las partes a través de correo electrónico, específicamente para el “enteramiento personal del auto admisorio de la demanda a los demandados, lo cual es completamente viable y válido”.