Que es la notificacion de demanda?

¿Qué es la notificación de demanda?

El auto admisorio de la demanda es una de las providencias más importantes en el proceso judicial, ya que por medio de este se da apertura al proceso, y debe ser notificado al demandado para que pueda ejercer el derecho a la defensa. Nulidad del proceso o demanda por indebida notificación del auto admisorio.

¿Qué pasa cuando no se puede notificar una demanda?

Si se hizo la notificación en su residencia y usted no se presenta en corte el juez puede dictar una sentencia en rebeldía en contra suya otorgando lo que pidió el demandante en su demanda. El caso podría continuar en otra fecha, y la parte demandante puede intentar notificarle de nuevo.

¿Qué es la notificación de la demanda?

Notificación de la demanda. Es el trámite en virtud del cual se comunica al demandado la admisión de la demanda y se le entrega copia de la misma. Seguidamente se procede al trámite del emplazamiento del demandado para que comparezca en autos.

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¿Cuándo se notifican las medidas previas al proceso?

Si fueren previas al proceso se entenderá que dicha parte queda notificada el día en que se apersone en aquel o actúe en ellas o firme la respectiva diligencia. Los oficios y despachos para el cumplimiento de las mencionadas medidas solamente se entregarán a la parte interesada.

¿Cuáles son los requisitos para la notificación de un proceso?

Se hará por medio de aviso que deberá expresar su fecha y la de la providencia que se notifica, el juzgado que conoce del proceso, su naturaleza, el nombre de las partes y la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al de la entrega del aviso en el lugar de destino.

¿Cuál es la procedencia de la notificación personal?

ARTÍCULO 290. PROCEDENCIA DE LA NOTIFICACIÓN PERSONAL. Deberán hacerse personalmente las siguientes notificaciones: 1. Al demandado o a su representante o apoderado judicial, la del auto admisorio de la demanda y la del mandamiento ejecutivo. 2. A los terceros y a los funcionarios públicos en su carácter de tales, la del auto que ordene citarlos.

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