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¿Qué es la doble venta?
La doble venta viene regulada en el art. 1.473 de nuestro CC y tiene lugar cuando una misma cosa es vendida por el mismo dueño a diferentes compradores. Cuando esta situación se produce, la propiedad se transferirá: Si la cosa es mueble, a la persona que primero haya tomado posesión de ella con buena fe.
¿Qué sucede si alguien de mala fe ha vendido varias veces el mismo bien mueble a diferentes personas?
Una de las obligaciones principales del vendedor es entregar la cosa y si una persona les vende la misma cosa a dos personas y le entrega a una y a la otra no, entonces la segunda podrá alegar incumplimiento de contrato, y por el tanto dicho contrato se resuelve.
¿Qué pasa si una propiedad tiene 2 dueños?
Existe proindiviso cuando la propiedad de una cosa o de un derecho pertenece a varias personas. También se denomina proindiviso a la comunidad de bienes, condominio o copropiedad. Por ejemplo, existe proindiviso cuando cuatro personas distintas compran una misma vivienda.
¿Qué pasa si una casa tiene dos propietarios?
Dos dueños de un mismo inmueble Ocurren casos donde una misma casa o un departamento son vendidos a dos personas en simultáneo. Ante esta situación, registros públicos tomará como único propietario legal a la persona que figure como el registrador de dicho inmueble.
Examen del artículo 1473 del Código Civil | Detrás de la Toga La doble venta. Examen del artículo 1473 del Código Civil Si una misma cosa se hubiese vendido a diferentes compradores, la propiedad se transferirá a la persona que primero haya tomado posesión de ella con buena fe, si fuere mueble.
¿Qué es la doble venta y la venta de cosa ajena?
Esto es, se afirma que la doble venta y la venta de cosa ajena son figuras complementarias y no excluyentes que entran bajo el ámbito de aplicación del artículo 1473 del Código Civil.” ….
¿Cuál es la validez de la doble venta?
Ahora bien, la Ley civil admite expresamente como queda dicho, la validez de la doble venta al establecer que «si una misma cosa se hubiese vendido a diferentes compradores, la propiedad, se trasmitirá a la persona que primero haya tomado posesión de ella con buena fe, si fuese mueble.
¿Cuáles son los criterios de propiedad de los bienes muebles y inmuebles?
Esos criterios difieren según se trate de bienes muebles o inmuebles. Tratándose de bienes muebles, la propiedad se transmite a quien primero haya tomado posesión de la cosa con buena fe (STS 18.5.2005 – RJA 4233). En el caso de los bienes inmuebles, la cosa corresponde a quien antes la hubiera inscrito en el Registro.