Que es diligencia de embargo de sueldos salarios y pensiones?

¿Qué es diligencia de embargo de sueldos salarios y pensiones?

Una diligencia de embargo, sueldos, salarios y pensiones es una orden para que retenga e ingrese las remuneraciones que deba abonar a un trabajador o pensionista, a su vez deudor de esta Administración.

¿Qué es la diligencia de embargo?

Una diligencia de embargo de créditos es la notificación en la que Hacienda solicita a una empresa, sociedad o persona física información acerca de las deudas o facturas pendientes de pago a una determinada empresa y, a su vez, exige su ingreso en el Tesoro Público en lugar de a dicha empresa.

¿Que no me pueden quitar en un embargo?

Entre las pertenencias que no pueden embargarte por ley están:

  • Materiales necesarios para que el deudor realice sus actividades de trabajo.
  • Bienes religiosos.
  • Ropa y alimentos.
  • Animales.

¿Cuánto tiempo puede durar el proceso de embargo de sueldo?

El proceso de embargo de sueldo puede durar el tiempo que el juzgado lo determine, es un poco difícil, decir con claridad cuánto tiempo puede durar este tipo de proceso, porque todo depende de cómo se maneje en el despacho judicial y también depende de los aportes que realicen las partes, para que este proceso pueda llevarse correctamente acabo.

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¿Qué hacer si el empleador no puede tramitar un embargo?

Si el empleador no puede tramitar un embargo debido a que hay otros embargos con prelación y se ha alcanzado el límite del salario a embargar, debe comunicárselo al juzgado respectivo justificando la razón por la que no ha procedido con la orden de embargo y de esa manera evitar que se tramite un incidente en su contra.

¿Cuánto es el embargo del salario mínimo?

Desde el salario mínimo y hasta el doble del mismo es embargable un 30\%. Desde el doble y hasta el triple el 50\%. Desde el triple hasta el cuádruple el 60\%.

¿Qué es el embargo de salarios y prestaciones sociales?

Los salarios y las prestaciones sociales pueden ser objeto embargo por obligaciones incumplidas del trabajador en los casos y con los límites que considera la ley, de acuerdo al artículo 154 y siguientes del CST.

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