Que documentos se necesitan para firmar un contrato de arriendo?

¿Qué documentos se necesitan para firmar un contrato de arriendo?

Los 7 Requisitos para firmar un contrato de arriendo notarial

  1. Registro Único Tributario (RUT)
  2. Certificado del Directorio de Información Comercial (Dicom)
  3. Contrato de trabajo indefinido.
  4. Últimas tres liquidaciones del sueldo.
  5. Últimas tres cotizaciones del seguro social (AFP)
  6. Declaraciones de renta y boleta.
  7. Garantía.

¿Que se paga cuando se rescinde un contrato de alquiler?

Si la decisión de terminar la locación se toma durante el primer año del contrato, se debe pagar como indemnización 1 mes y medio de alquiler al momento de desocupar el inmueble. Si la decisión de terminar la locación se toma luego de pasado 1 año de contrato, se debe pagar como indemnización 1 mes de alquiler.

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¿Cuándo termina el contrato de alquiler?

Fin del contrato de alquiler: es la opción más habitual y consiste en que el acuerdo se firme cuando llegue el día en el que el contrato finaliza y alguna de las dos partes no quiera retomar nuevamente la relación contractual.

¿Quién puede firmar un contrato de arrendamiento?

¿Quién puede firmar un contrato de arrendamiento? en ¿Quién puede firmar un contrato de arrendamiento? La regulación legal exige que tanto arrendador como arrendatario tengan la capacidad necesaria para firmar un contrato de arrendamiento.

¿Cuáles son las condiciones del inquilino cuando se llega al fin del contrato de alquiler?

En el acuerdo que se firma cuando se llega al fin del contrato de alquiler se tienen que dejar claras las condiciones del inquilino que son las siguientes: Fin del pago mensual: a partir del fin del contrato, el inquilino ya no deberá pagar el alquiler de forma mensual debido a que ya no usará este servicio.

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¿Cuál es el periodo mínimo de un alquiler?

Tienes que saber que, actualmente, el periodo mínimo de un alquiler es de 6 meses, es decir, transcurrido este tiempo el alquilado podrá marcharse del inmueble y tener derecho a cobrar la fianza. No estará incumpliendo ningún contrato sino que estará en todo su derecho.

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