¿Qué dice el artículo 199?
Artículo 199-Bis El que a sabiendas de que está enfermo de un mal venéreo u otra enfermedad grave en período infectante, ponga en peligro de contagio la salud de otro, por relaciones sexuales u otro medio transmisible, será sancionado de tres días a tres años de prisión y hasta cuarenta días de multa.
¿Cuáles son los delitos contra la vida y la salud?
Los delitos contra la salud en México son un agregado de delitos que se dividen en tres grandes grupos: delitos relacionados con el narcotráfico, delitos relacionados con el peligro de contagio y delitos contra los derechos reproductivos. Los delitos contra la salud son aquellos que provocan daños a la salud colectiva.
¿Cuándo en el delito de contagio se trata de cónyuges o concubinas sólo podrá procederse por?
Cuando se trate de cónyuges, concubinas, sólo podrá procederse por querella del ofendido.
¿Qué dice el artículo 250 del Código Penal?
Artículo 250 bis Al que cometa el delito de falsificación de uniformes y divisas de las fuerzas armadas o de cualquier institución de seguridad pública, se le impondrá de cinco a doce años de prisión y hasta quinientos días multa.
¿Qué es un procesado penal?
Procesado. Persona contra la que se ha dictado auto de procesamiento. Sujeto pasivo de un proceso penal. Persona contra la cual se ha dictado un auto de procesamiento.
¿Qué es la aportación de documentos en procedimiento judicial?
La aportación de documentos en procedimiento judiciales será típica si la información contenida en los mismos se circunscribe a la esfera íntima y reservada de la persona y su obtención ha sido ilícita.
¿Qué son los datos de naturaleza penal?
Datos de naturaleza penal Los datos personales sobre denuncias, procedimientos o condenas penales no son datos de categoría especial. Sin embargo, existen reglas y salvaguardas similares para procesar este tipo de datos, para hacer frente a los riesgos particulares asociados a ellos.
¿Cuál es el delito de revelación de secretos profesionales?
La infracción del deber de secreto del abogado, tanto en relación con el propio cliente, como respecto de terceras personas ajenas de las que se hayan conocido secretos en virtud del ejercicio profesional, puede dar lugar a la comisión del delito de revelación de secretos profesionales del art. 199.2 del Código Penal.