Que debes hacer si ha sido culpa mia de un accidente de trafico?

¿Qué debes hacer si ha sido culpa mía de un accidente de tráfico?

En Confía Accidentes como abogados y médicos especialistas en accidentes de tráfico, te contamos todo lo que debes hacer si esto ocurre. ¿Me corresponde una indemnización por accidente si ha sido culpa mía? La ley obliga como mínimo tener un seguro que cubra la responsabilidad civil a terceros.

¿Qué es la responsabilidad en los daños a las personas por un accidente de tráfico?

Cuando hablamos de responsabilidad en los daños a las personas por un accidente de tráfico, hablamos de responsabilidad objetiva. El conductor del vehículo será responsable de los daños siempre que no pruebe que fueron debidos a la culpa exclusiva del perjudicado o a la fuerza mayor ajena a la conducción o al funcionamiento del vehículo.

¿Quién repara el coche en caso de accidente de tráfico?

En este caso, en el caso de ser culpable de un accidente de tráfico, la reparación del coche en caso de haber sufrido daños, corre de tu propia cuenta, es decir, tendrás que ser tú quien lo repare, salvo que tengas contratado un seguro a todo riesgo, en cuyo caso el seguro correrá con la reparación.

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¿Quién es el culpable de un accidente dando marcha atrás?

En este caso, la respuesta del Reglamento General de Circulación es clara: como indica que los vehículos deben guardar siempre una distancia mínima de seguridad, si el coche de detrás alcanza al de delante, el culpable de que se produzca un accidente dando marcha atrás será conductor del vehículo que se encuentre detrás.

¿Cuándo me corresponde una indemnización por accidente?

¿Me corresponde una indemnización por accidente si ha sido culpa mía? La ley obliga como mínimo tener un seguro que cubra la responsabilidad civil a terceros. Esto quiere decir que nuestra aseguradora indemnizará por las lesiones que causemos a cualquier persona, excepto a nosotros.

¿Cómo contar con un abogado especializado en accidentes de tráfico?

En definitiva, cuando sufras un accidente de tráfico, seas o no el culpable te recomendamos contar con un abogado especializado en accidentes de tráfico para ponerte al día de los riesgos que corres una vez se haya producido el accidente. ¿Tienes dudas? Mándanos tu consulta gratuitamente y te contestaremos a la mayor brevedad.

¿Qué hago si en un accidente el culpable se da a la fuga?

¿Qué hago si en un accidente el culpable se da a la fuga? El hecho de que el contrario se haya dado a la fuga en un accidente de tráfico no es obstáculo para denunciar, tengamos o no la matricula para hacer las diligencias de averiguación oportunas.

¿Cómo se produce un accidente?

CÓMO SE PRODUCE: Es un accidente que se produce cuando hay dos vehículos circulando en paralelo, cada uno por su carril y se golpean. CULPABLE: El vehículo que se sale de su carril e invade el carril por el que circula el otro .

¿Quién paga las facturas médicas si soy culpable del accidente de tráfico?

¿Quién paga las facturas médicas si soy el culpable del accidente de tráfico? En la mayoría de pólizas los gastos médicos y la rehabilitación tanto de los ocupantes como del conductor, independientemente de la responsabilidad del siniestro, vienen cubiertas por la aseguradora.

¿Qué es la concurrencia de culpas en accidente de tráfico?

La concurrencia de culpas en accidente de tráfico siempre ha sido una figura jurídica difícil de entender tanto para los usuarios de la justicia como en ocasiones para los propios abogados. En ese sentido nos resulta más comprensible el sistema de responsabilidad del artículo 1902 del Código Civil, que dice:

¿Qué hacer si sufrimos un accidente fuera de nuestro país?

Lo primero que habría que mencionar es que si sufrimos un accidente fuera de nuestro país se debe hacer lo mismo que si el accidente hubiera ocurrido en España.

¿Qué debe pagar el culpable del accidente o su seguro de responsabilidad civil?

Si la culpa es del otro, tengas o no seguro, el culpable del accidente o su seguro de responsabilidad civil te debe pagar todos tus daños (daños materiales, lesiones, lucro cesante, vehículo de sustitución y resto de perjuicios). Si te ha servido nuestra respuesta, te agradeceríamos que nos pusieras una reseña en google. Gracias Buenos días.

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