Tabla de contenido
¿Qué contratos se informan en el Reli?
“RELI” comprende todos los contratos de locación (urbanos, rurales, temporales, etc.).
¿Cuándo se informan los contratos de alquiler?
Dichos contratos celebrados entre el 1° de julio de 2020 y el 30 de junio de 2021, que continúen vigentes, podrán informarse hasta el 15 de julio. La AFIP reglamentó a comienzos del año el régimen de registración de contratos de locación de Inmuebles previsto en la Ley 27.551.
¿Dónde se registran los contratos de arrendamiento?
En los contratos de arrendamiento solo se registrarán en el Registro Mercantil los arrendamientos que va ser utilizado para algún fin de comercio. En los casos de arrendamiento para habitación se debe registrar en el Departamento de Avalúos y Catastros de la Municipalidad.
¿Qué contratos deben declararse?
Los contratos alcanzados son aquellos que se realizaron a partir del 1 de julio de 2020. Los contratos que se efectuaron entre julio de 2020 y marzo de 2021 tienen tiempo de inscribirlo hasta el 15 de abril de este año.
¿Qué alquileres hay que declarar en AFIP?
Los contratos que se deben declarar en el nuevo régimen son: – Locaciones de bienes inmuebles urbanos. – Arrendamientos sobre bienes inmuebles rurales. – Locaciones temporarias de inmuebles (urbanos o rurales) con fines turísticos, de descanso o similares.
¿Qué pasa si no se registra el contrato de alquiler?
¿Cuál es la multa? Si no cumplió con el plazo será multado con una cifra de $5.000 a $10.000. Para ello, la AFIF tendrá que hacer un reclamo donde «podrá iniciar un sumario para aplicar una multa graduable entre $ 500 y $ 45.000 conforme lo previsto en el artículo agregado a continuación del art.
¿Qué contratos hay que informar en AFIP?
Contratos que deben registrarse Deben registrarse los siguientes contratos: Locación y sublocación de bienes inmuebles urbanos. Arrendamientos y subarriendos sobre bienes inmuebles rurales. Locaciones temporarias de inmuebles urbanos o rurales con fines turísticos, de descanso o similares.
¿Qué alquileres deben registrarse en AFIP?
El funcionario detalló que los locadores deben registrar las locaciones de inmuebles urbanos, sublocaciones, los arrendamientos sobre bienes inmuebles rurales, subarriendos, las locaciones temporarias de inmuebles con fines turísticos, de descanso o afines y las locaciones de espacios o superficies fijas o móviles como …