Que contenido tiene el articulo 118 de la Constitucion?

¿Qué contenido tiene el artículo 118 de la Constitución?

Es obligado cumplir las sentencias y demás resoluciones firmes de los Jueces y Tribunales, así como prestar la colaboración requerida por éstos en el curso del proceso y en la ejecución de lo resuelto.

¿Qué es la eficacia de la sentencia?

Gral. Efecto de las sentencias. Conforme establece la CE , artículo 118 , es obligado cumplir las sentencias y demás resoluciones firmes de los jueces y tribunales, así como prestar la colaboración requerida por estos en el curso del proceso y en la ejecución de lo resuelto.

¿Por qué las resoluciones judiciales no se cumplen?

Porque es evidente que hay infinidad de supuestos donde las resoluciones judiciales no se cumplen porque no se pueden cumplir (por ejemplo, por la total insolvencia del condenado civilmente a pagar una cantidad de dinero, o por la muerte del condenado a penas privativas de libertad…), o

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¿Cuál es la tendencia de los tribunales superiores en el ámbito judicial?

LA JURISPRUDENCIA ORIENTADORA La tendencia que, en general, impera en el ámbito judicial es que los criterios uniformes y reiterados de los tribunales superiores, respecto a las leyes que les corresponde aplicar, influyan en los órganos jurisdiccionales que les sigan en grados inferiores, sin que esto necesariamente esté determinado por la Ley.

¿Quién debe cumplir las resoluciones judiciales firmes?

Las obligaciones dispuestas en el art. 118 CE corresponde a todos, sin excepción. a) Es obvio que sobre quienes recae en primer lugar la obligación de «cumplir» las resoluciones judiciales firmes es sobre las espaldas de aquellos litigantes que hayan sido vencidos en el proceso.

¿Cuál es la sanción para el juez que viola la jurisprudencia de la corte?

Como señala Zertuche García 68 no existe en nuestro orden jurídico una sanción para el juez que se aparte de la jurisprudencia establecida, la Ley de Amparo es omisa al respecto. Sin embargo, en la Ley de 1882 sí se estableció una sanción para aquéllos jueces que violaran la jurisprudencia de la Corte.

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