¿Por qué es necesario interpretar la ley?
La interpretación jurídica es un tema relevante para la aplicación del Derecho, lo mismo en la teoría que en la práctica, ya que la dinámica jurídica y la aplicación de las normas no pueden ser entendidas como el resultado de un proceso deductivo, como mera «deducción-lógica» de lo establecido en las normas generales.
¿Cuál es la necesidad de interpretar?
Interpretar es desentrañar el sentido o significado que existe de forma no inmediatamente aparente en algún hecho de la vida real; es decir o transmitir o descifrar un mensaje que no es evidente por sí mismo.
¿Que se interpreta en derecho?
Interpretación Jurídica (principios y derechos fundamentales) Es una actividad que consiste en establecer el significado o alcance de las normas jurídicas y de los demás estándares que es posible encontrar en todo ordenamiento jurídico y que no son normas, como por ejemplo, los principios.
¿Qué es la interpretación de la ley?
Carlos Ducci nos dice que “la interpretación de la ley consiste en lijar su verdadero sentido y alcance, pero además, incluye el conjunto de actividades indispensable para aplicar el derecho”. De ahí que la interpretación de la ley tenga dos elementos:
¿Qué es el estudio de la ley?
Es el acto que se dirige a descubrir el verdadero sentido de la ley, con el fin de aplicarla de modo justo.
¿Cuáles son las clasificaciones más frecuentes de la interpretación de la ley?
En cuanto a las clasificaciones más frecuentes de la interpretación de la ley, ellas se hacen desde el punto de vista del agente que la lleva a cabo, desde el punto de vista del resultado a que conduce, y desde el punto de vista de si la actividad interpretativa se encuentra o no reglada por el ordenamiento jurídico. 1.
¿Qué son los métodos y elementos de la interpretación de la ley?
Métodos o elementos de la interpretación de la ley. Métodos o elementos de interpretación de la ley son los medios de que dispone el intérprete para establecer el o los posibles sentidos y alcances de la ley interpretada. Estos medios son comúnmente aceptados por la doctrina y en ocasiones consagrados expresamente por los propios ordenamientos