Cuantos permisos no remunerados se pueden pedir?

¿Cuántos permisos no remunerados se pueden pedir?

“ARTÍCULO 74. El empleado puede solicitar por escrito, permiso remunerado hasta por tres (3) días, cuando medie justa causa. Corresponde al jefe del organismo respectivo, o a quien se haya delegado la facultad, el autorizar o negar los permisos.” (Negrita y subrayado fuera del texto).

¿Qué dice el Código Sustantivo del trabajo sobre los permisos?

El empleador está en la obligación de otorgar los permisos y licencias a los que se refiere el artículo 57 del código sustantivo del trabajo colombiano: Permiso o licencias relacionadas con el sufragio. Para el desempeño de cargos oficiales transitorios de forzosa aceptación. Licencia por grave calamidad doméstica.

¿Cómo solicitar permisos laborales no remunerados Según el Estatuto de los trabajadores?

Para solicitarlo es necesario redactar una carta dirigida al Departamento de Recursos Humanos, pero es necesario tener en cuenta una serie de puntos antes de solicitarlo, puntos que te explicaremos en el siguiente artículo de unCOMO sobre los permisos laborales no remunerados según el estatuto de los trabajadores.

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¿Qué pasa si tengo una licencia no remunerada?

En el caso de la licencia no remunerada o suspensión estos días se deben descontar de los días por pagar de las Cesantías y de las Vacaciones. (No afectan la Prima de Servicios ni los intereses).

¿Cuáles son las prestaciones sociales en las licencias no remuneradas?

Prestaciones sociales en la licencia no remunerada. Prima de servicios en licencias no remuneradas. Auxilio de cesantías en las licencias no remuneradas. Vacaciones en licencias no remuneradas. Seguridad social en las licencias no remuneradas. Aportes a salud en licencia no remuneradas. Aportes a riesgos laborales en licencias no remuneradas.

¿Qué es la prima de servicios en licencias no remuneradas?

“Prima de servicios en licencias no remuneradas. La norma nada dice de la prima de servicios, lo que ha permitido concluir a los diferentes doctrinantes, que como la ley no lo permite expresamente, no se puede descontar el tiempo de suspensión del contrato para efecto de liquidar la prima de servicios.

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