Cuantos meses son de fianza?

¿Cuántos meses son de fianza?

La norma general es de un mes de fianza por vivienda habitual y dos meses en cualquier otro caso. Durante los cinco primeros años de duración del contrato la fianza no está sujeta a actualización (siete años en el caso de que el arrendador sea una persona jurídica).

¿Qué significa fianza de alquiler?

La fianza de alquiler se utiliza como garantía ante impagos o posibles desperfectos que el inquilino pueda realizar sobre la vivienda y/o los bienes que esta contenga. La ley establece una cuantía máxima de una mensualidad de renta.

¿Cuántos meses de fianza se pueden pedir en un alquiler?

En los contratos de arrendamiento de vivienda el arrendador puede exigir como máximo un mes de renta en concepto de fianza y dos meses de renta en concepto de cantidades asimiladas a la fianza..

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¿Qué pasa con la fianza de un alquiler?

Si las obligaciones se cumplen, al finalizar el contrato el arrendador debe devolver la fianza en su totalidad. Si por el contrario ha habido algún motivo por el cual no se han cumplido las obligaciones del contrato, el propietario podría no devolver la fianza o parte de la misma.

¿Cómo reclamar la devolución de la fianza?

Pues bien, si te encuentras en esta situación, y quieres saber cómo reclamar la devolución de la fianza, te recomendamos que busques asesoramiento jurídico, puesto que el concepto de “sucio” es muy discutido por la jurisprudencia, no dando razón al arrendador a quedarse con la fianza por dicho motivo.

¿Cuál es el plazo de devolución de la fianza?

Lo único que establece la Ley de Arrendamientos Urbanos respecto del plazo de devolución de la fianza es que si no se la devuelve el arrendador en el plazo de un mes desde la entrega de las llaves, dicha cantidad devengará el interés legal (artículo 36.4).

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¿Cuál es el juicio de devolución de la fianza de arrendamiento?

En cambio, el primero de los sectores considera que al haber terminado la relación arrendaticia, la devolución de la fianza sólo es una cuestión de reclamación de cantidad, por lo que si la cuantía de lo reclamado no excede de 6.000 euros (que es lo habitual sobre todo en arrendamientos de viviendas), el Juicio Verbal sería el adecuado.

¿Por qué el casero no le quiere devolver la fianza?

Nos hemos encontrado en numerosas ocasiones, con clientes que vienen a nuestro despacho y nos comentan que el casero no les quiere devolver la fianza, alegando, por ejemplo, que la vivienda estaba demasiado sucia cuando la entregó.

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