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¿Cuánto tiempo tengo para presentar un recurso de reposición?
Los recursos de reposición y apelación deberán interponerse por escrito en la diligencia de notificación personal, o dentro de los diez (10) días siguientes a ella, o a la notificación por aviso, o al vencimiento del término de publicación, según el caso.
¿Cuándo prescribe un recurso?
A los tres años, por faltas muy graves. A los dos años, por faltas graves. Al año, por faltas leves. En este caso, el plazo de prescripción comenzará a computarse desde el día siguiente a aquél en que sea ejecutable la resolución por la que se establezca la sanción o haya fenecido el plazo para impugnarla.
¿Qué significa que una sanción prescribe?
«La denominada prescripción de la sanción describe un efecto jurídico vinculado al transcurso del tiempo sin que la sanción misma, una vez alcanzada la firmeza de la resolución en cuya virtud se impone, haya sido ejecutada. …
¿Cuál es el plazo de prescripción?
A) El plazo de prescripción es el previsto en el artículo 1964.2 del Código Civil: «2. Las acciones personales que no tengan plazo especial prescriben a los cinco años desde que pueda exigirse el cumplimiento de la obligación.
¿Cuáles son los plazos para la prescripción de la acción penal?
Los plazos para la prescripción de la acción penal serán continuos y se contarán: «I. A partir del momento en que se consumó el delito, si fuere instantáneo; «II. A partir del día en que se realizó el último acto de ejecución o se omitió la conducta debida, si el delito fuere en grado de tentativa; «III.
¿Cuál es el plazo máximo para resolver un recurso de reposición?
Plazo para resolver el recurso de reposición: Tal como prevé el art 124.2 de la LPAC, el plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso de reposición será de 1 mes, de manera que una vez transcurrido dicho plazo sin que haya recaído resolución, se podrá entender desestimado pudiendo interponerse únicamente recurso contencioso
¿Cuándo se interrumpe el plazo de prescripción?
Respecto de la interrupción, el plazo se interrumpe con la iniciación, con conocimiento del interesado, de un procedimiento administrativo de naturaleza sancionadora, reiniciándose el plazo de prescripción si el expediente sancionador estuviera paralizado durante más de un mes por causa no imputable al presunto responsable.