Cuanto tiempo tengo para interponer recurso de reposicion?

¿Cuánto tiempo tengo para interponer recurso de reposición?

un mes
El plazo para la interposición del recurso de reposición, será de un mes, si el acto es expreso. Transcurrido dicho espacio temporal, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio, en su caso, de que proceda interponer el recurso extraordinario de revisión.

¿Qué autos no son susceptibles de reposicion?

El recurso de reposición no procede contra los autos que resuelvan un recurso de apelación, una súplica o una queja. El recurso deberá interponerse con expresión de las razones que lo sustenten, en forma verbal inmediatamente se pronuncie el auto.

¿Cuánto tiempo se tarda en presentar alegaciones o pagar con el descuento?

Debe esperar a que le notifiquen en su domicilio y, una vez notificado, dispone de 20 días naturales para presentar alegaciones o pagar con el descuento. No obstante, para poder realizar una valoración y una defensa acorde a sus circunstancias le recomendamos remita la notificación recibida a nuestro Departamento Jurídico.

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¿Cuál es el plazo para recurrir en apelación?

Si se refiere a la posibilidad de recurrir en apelación, dispone de un plazo de 20 días hábiles (L-V) para interponerlo. Si se refiere a que el Fallo de la sentencia le es favorable y de contrario no se cumple, puede instar su ejecución transcurrido el plazo de 20 días hábiles (L-V) para interponer recurso frente a la misma.

¿Cuál es el plazo para recurrir una sentencia si no estaba personado?

Si no estaba personado, deberá ser notificada personalmente al demandado y puede por tanto variar el plazo para recurrir que empezará a contar desde el día que fuera notificada la sentencia a esa parte . Un cordial saludo Gracias por responder. Los demandados entiendo que eran el conductor del vehículo y la compañía aseguradora.

¿Qué pasa si se ha pasado el plazo para la presentación de alegaciones?

Gracias. Estimado Ugaitz, si se ha pasado el plazo para la presentación de alegaciones la sanción deviene firme por lo que ya podrán cobrársela por la vía ejecutiva. No obstante le recomiendo que nos la mande para asesorarle ya que la forma de actuar dependerá del tipo de notificación recibida.

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