Cuanto tiempo senala la ley que debe transcurrir despues del fallecimiento para que se proceda a la inhumacion?

¿Cuánto tiempo señala la ley que debe transcurrir después del fallecimiento para que se proceda a la inhumación?

veinticuatro horas
No se procederá a la inhumación o cremación sino hasta después de que transcurran veinticuatro horas del fallecimiento, excepto en los casos en que se ordene otra cosa por la autoridad que corresponda.

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¿Cuántos tipos de de contratos traslativos de dominio contempla el Código Civil para el Estado de Baja California Sur?

Estos acuerdos, cuyo origen se remonta al derecho romano, pueden ser de 4 tipos: compraventa, mutuo, permuta y donación.

¿Cuántos libros tiene el Código Civil de Baja California?

Exposición de los cuatro libros del Código Civil del Distrito Federal y territorio de la Baja California que hizo la Comisión al presentar el proyecto al Gobierno de la Unión.

¿Cómo se acredita el concubinato en Sonora?

Al respecto la Ley Familiar de Sonora señala que para que el concubinato nazca jurídicamente requiere una cohabitación durante tres años ininterrumpidos a menos de que antes de cumplir este lapso de tiempo procrearan un hijo en común.

¿Cuánto es el tiempo que un cadáver debe permanecer inhumado según la ley General de Salud para que se lleve a cabo su proceso de Descompocisión?

cuarenta y ocho horas
Los cadáveres deberán inhumarse, incinerarse o embalsamarse dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la muerte, salvo autorización específica de la autoridad sanitaria competente o por disposición del Ministerio Público, o de la autoridad judicial.

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¿Cuánto es el tiempo que un cadáver debe permanecer inhumado según la ley General de Salud para que se lleve a cabo su proceso de descomposición?

Artículo 45. – Los cadáveres o restos humanos, deberán inhumarse, incinerarse o embalsamarse entre las doce y cuarenta y ocho horas siguientes a la muerte, salvo autorización específica de la Secretaría de Salubridad y Asistencia, o por disposición del Ministerio Público o de la autoridad judicial.

¿Cuáles contratos traslativos de dominio?

¿Cuales son los contratos traslativos de dominio? En esta clasificación encontramos a la compraventa, donación, mutuo y permuta.

¿Cuáles son los cuatro contratos traslativos de dominio?

En el derecho mexicano vigente, los contratos ubicados bajo el rubro de traslativos de dominio son la compra- venta, la permuta, el contrato de donación y el contrato de mutuo, y sobre ellos versará la presente exposición.

¿Cuántos tipos de divorcio existen en Baja California?

Actualmente en Baja California existen 3 tipos de divorcios: divorcio express, divorcio necesario y divorcio voluntario.

¿Cuándo se reconoce el concubinato?

El concubinato es la unión de dos personas, un hombre y una mujer, sin im- pedimento para contraer matrimonio, que hacen vida en común, como si es- tuvieran casados, por dos años, o antes si han concebido un hijo en común en dicha relación.

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