Cuanto tiempo se puede reclamar una factura?

¿Cuánto tiempo se puede reclamar una factura?

La factura cambiaria es considerada por nuestro ordenamiento jurídico como título valor, por ende la prescripción de la acción cambiaria por expresa remisión del artículo 789 del Código de Comercio es de tres años.

¿Cuántos años tengo para cobrar una factura?

Artículo 1161. Prescriben en dos años: Los honorarios, sueldos, salarios, jornales u otras retribuciones por la prestación de cualquier servicio.

¿Cuándo prescribe una deuda de servicios?

En principio, serían dos años, salvo las cuotas de un producto o servicio que prescriben a los 5 años. La prescripción es la extinción de la acción por el paso del tiempo, es decir, el acreedor podría reclamarlo pero se puede oponer esa defensa.

¿Cuándo prescribe el pago de los honorarios de un abogado?

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El plazo máximo que tienen los abogados, peritos, médicos, farmacéuticos o profesores para reclamar sus honorarios es de 3 años, desde que dejaron de prestarse los respectivos servicios.

¿Cuál es el plazo de prescripción para reclamar las facturas?

Sin embargo, el plazo de prescripción para reclamar las facturas no es el mismos en caso de deudor comerciante y deudor particular. En el primer caso, el plazo de prescripción aplicable para reclamar es el general de 5 años y para el segundo, se reduce a 3 años.

¿Cómo se escribe la prescripción médica?

La prescripción médica que indica la posología y las condiciones de utilización de un medicamento se escribe en una receta. El documento « Prescripción médica – Definición » se encuentra disponible bajo una licencia Creative Commons.

¿Cuál es el plazo de prescripción para reclamar?

En el primer caso, el plazo de prescripción aplicable para reclamar es el general de 5 años y para el segundo, se reduce a 3 años.

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¿Cuál es el plazo de prescripción de una deuda?

El plazo de prescripción no solamente puede ser distinto en función del tipo de deuda, sino también en función de la legislación aplicable, por ejemplo en Cataluña se establecen unos plazos de prescripción distintos que en el Código Civil Español. En el artículo de hoy nos vamos a centrar con las DEUDAS CON PROVEDORES.

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