Cuanto tiempo dura el silencio administrativo?

¿Cuánto tiempo dura el silencio administrativo?

Los plazos administrativos para el silencio son normalmente de 3 meses, salvo en determinados casos que el plazo se puede aumentar hasta 6 meses. En todo caso, desde la entrada en vigor de la norma 39/2015, la administración debe indicar cual es el plazo para resolver y publicarlo en su sede electrónica.

¿Qué hacer cuando hay silencio administrativo?

Si se desea recurrir el silencio positivo de la administración, se podrán interponer los siguientes recursos:

  1. Recurso de alzada o de reposición.
  2. Recurso extraordinario de revisión.
  3. Recurso contencioso-administrativo.

¿Cuánto tiempo tiene la administración para contestar?

El plazo máximo que tiene la Administración para tramitar y resolver el recurso será de 3 meses. Si transcurrido este tiempo no recae resolución, el recurso se entenderá desestimado por silencio administrativo.

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¿Qué pasa si la administración resuelve fuera de plazo?

¿Qué plazo tiene la Administración para contestar un recurso de reposicion?

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso de reposición será de un mes. Contra la resolución de un recurso de reposición no podrá interponerse de nuevo dicho recurso.

¿Qué es el silencio administrativo negativo?

El silencio administrativo es el acto presunto por el cual ante una ausencia de resolución expresa se considera estimada la petición, en cuyo caso el silencio es positivo, o desestimada, en el caso negativo.

¿Qué es el silencio administrativo positivo y negativo en el Perú?

que la Ley señala, la solicitud o presentación sea aprobada por parte de la Administración (silencio positivo); o por el contrario, si procediere, rechazada (silencio negativo), abriéndose, en este caso, la posibilidad de interponer recursos administrativos. …

¿Quién resuelve el recurso de reposición?

El órgano competente para resolver estos recursos es el mismo que dictó el acto impugnado. Dispone para ello del plazo de un mes, dentro del cual deberá notificar su resolución.

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