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¿Cuánto tiempo debe pasar para poder contratar a un trabajador?
Conforme al artículo 9° del Código del Trabajo, el empleador dispone de un plazo de 15 días para escriturar el contrato de trabajo, desde la incorporación del trabajador, salvo que se trate de contrato por obra, trabajo determinado o de duración inferior a 30 días, caso en el cual el plazo se reduce a 5 días.
¿Cómo acreditar continuidad laboral?
– Instrucciones Trámite en Sucursal
- Diríjase a la oficina de la Inspección del Trabajo correspondiente al domicilio de la empresa.
- Explique el motivo de su visita: solicitar el certificado de antecedentes laborales y previsionales.
- Entregue los antecedentes requeridos y el comprobante de pago.
¿Cuando se rompe la continuidad laboral?
No existe continuidad laboral si recontratación se produce después de 45 días del cese [Cas.
¿Se puede volver a contratar de nuevo al trabajador despedido?
Los contratos de trabajo son un acuerdo de dos voluntades, la del empresario y la del trabajador y si ambos están de acuerdo en volver a formalizar una relación laboral, no hay nada que lo pueda impedir. Es decir, desde un punto de vista legal no existe ninguna norma que limite o prohíba que se vuelva a contratar de nuevo al trabajador despedido.
¿Se puede volver a contratar a un trabajador que despidió en el pasado?
Repetimos lo dicho al principio, nada impide que una empresa vuelva a contratar a un trabajador que despidió en el pasado. Pero este nuevo contrato podría ser fraudulento si se produce para sacar ventaja de la situación y no responde a la realidad. Esto puede ocurrir de varias maneras.
¿Cuánto tiempo se tarda en volver a contratar después de un despido improcedente?
Como es despido improcedente (podrían investigar la causa) deberían esperar 1 año para que todo fuese más normal. Lo que pasa es que después de 20 días del despido te pueden volver a contratar de nuevo (los 20 días son el plazo que tú tienes para llevarlos a juicio).
¿Qué pasa si no demandas en el plazo de 20 días hábiles para impugnar el despido?
Alejandrodice: enero 31, 2018 a las 23:35 Si no demandas en el plazo de 20 días hábiles para impugnar el despido, en cuanto pasen dichos días, podrá contratar otra empresa para sustituirte. Si demandas, y lo hace, aunque sea como tu comentas, podrás conseguir una indemnización mayor o ser readmitido.