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¿Cuánto tiempo de cárcel por amenaza de muerte?
ocho años
Si el ofendido por la amenaza fuere víctima u ofendido o testigo en un procedimiento penal, la pena será de cuatro a ocho años de prisión y de cien a trescientos días multa.
¿Cómo proceder legalmente ante amenazas?
Es tu derecho como víctima directa o indirecta acudir ante cualquier procuraduría y presentar una denuncia. La autoridad está obligada a recibirla y, en caso de que considere que no le corresponde tramitarla, es su obligación canalizarla a la dependencia correspondiente y notificarte.
¿Qué es una amenaza de muerte?
Por ejemplo, muchas amenazas de muerte surgen por violencia familiar, narcomenudeo o situaciones de extorsión. Si el delincuente te dice “si no me pagas tal cantidad te mato a ti o a tu familia”, entonces ya es una extorsión y la denuncia debe hacerse por ese delito.
¿Qué son las amenazas de muerte no concretadas?
Esto en términos legales se denomina como ‘no concretadas’. Casos documentados hay muchos, en Baja California, por ejemplo, medios locales informaron que, durante los primeros nueve meses de 2019, el 80\% de las denuncias hechas por amenazas de muerte fueron improcedentes porque ‘no llegaron a concretarse’.
¿Cómo denunciar amenazas de muerte en contra de un familiar o ser querido?
Denunciar amenazas de muerte en contra de uno mismo, de un familiar o ser querido es difícil, más no imposible. La poca información sobre cómo hacerlo no ayuda mucho. Hay que saber que las amenazas sí se contemplan en el Código Penal Federal, hasta en categorías bien definidas.
¿Cuál es la pena por amenaza?
Cuando la amenaza no haya sido condicional (exigiendo una cantidad o cualquier otra condición), la pena prevista oscila entre los seis meses y los dos años de cárcel. Pero de la difusión a través de internet no dice ni una palabra.