¿Cuánto tarda en desaparecer una deuda en Hacienda?
En base al artículo 66 de la Ley General Tributaria, una deuda tributaria prescribe a los cuatro años. El tiempo empieza a correr desde el día posterior al término del plazo reglamentario para presentar la declaración o autoliquidación.
¿Qué pasa si no le pagas a Hacienda?
Si tampoco pagas dentro de ese período, se va a dictar una Providencia de Apremio en la que se te van a embargar bienes suficientes para hacer frente al pago de la deuda, los intereses que ha generado y las costas del proceso judicial iniciando por la Agencia Tributaria para poder cobrarte lo debido.
¿Cuándo se puede solicitar el pago de la deuda?
Se puede solicitar tanto en el periodo voluntario, dentro del plazo estipulado para la liquidación del impuesto, como en el periodo ejecutivo, cuando la Agencia Tributaria exige el pago de la deuda.
¿Cómo cancelar deudas con la AEAT?
Una vez que sabemos que existen deudas con la AEAT, podemos cancelarlas de diferentes formas que detallaremos a continuación: Solicitud de carta de pago. Si el contribuyente tiene dinero para saldar la deuda, simplemente deberá obtener la carta de pago y dirigirse a la entidad bancaria para saldar su deuda.
¿Dónde puedo solicitar la compensación de deudas?
Esta compensación la puede solicitar el contribuyente personándose en las oficinas de la AEAT o telemáticamente o la Agencia tributaria también puede actuar de oficio y compensar deudas en vez de realizar devoluciones.
¿Cómo puedo solicitar el aplazamiento de mi deuda?
Puede conseguirse de dos formas diferentes: presencialmente, en Recaudación en la oficina más cercana o telemáticamente, mediante certificado electrónico, DNI electrónico o estar registrado en el sistema Cl@vePIN en la sede electrónica de la página de la Agencia Tributaria. Solicitud de aplazamiento y fraccionamiento de la deuda.