Cuanto se puede cobrar por intereses?

¿Cuánto se puede cobrar por intereses?

¿Cuánto interés se puede cobrar? En Colombia la ley limita lo que se puede cobrar por intereses, y ese límite máximo se conoce como tasa de usura, que es equivalente a 1.5 veces el interés bancario corriente que certifica la superintendencia financiera.

¿Cuál es el máximo interés que se puede cobrar?

El máximo interés que se puede cobrar es 1.5 veces el interés bancario corriente, que a modo de ilustración supongamos que es del 30\% anual, donde el Interés corriente es 20\% y el límite es el 30\%. Ese límite es general, de manera que las partes pueden libremente acordar unos u otros en cualquier proporción siempre que no se supere el 30\%.

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¿Es legal el cobro de intereses?

En cualquier caso que implique financiar es legal el cobro de intereses, sin importar si hay o no un contrato de por medio o un título valor como una letra de cambio o un pagaré; siempre que exista el crédito o la financiación procede el cobro de intereses, si esa es la voluntad de las partes. ¿Cuánto interés se puede cobrar?

¿Cuál es el interés legal del dinero?

El interés legal del dinero se fija anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado (LPGE) en función de las expectativas económicas y de la coyuntura y puede ser revisado a lo largo del año. En el año 2021, se fijó en el 3\%.

¿Cuánto es el interés a pagar por un préstamo de 10 000 pesos con un plazo de 4 meses?

De este modo, determinamos que el total de interés a pagar por un préstamo de 10 000 pesos con un interés del 10 \% a pagarse en un plazo de 4 meses es de 8 000 pesos. El interés compuesto es el que comúnmente utilizan todas las entidades financiara.

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¿Cómo calcular el interés de un préstamo?

Cálculo del interés simple. Para calcular el interés de un préstamo cuando es simple, se toma en cuenta el crédito que se te otorgó. Por ejemplo, supongamos que tienes aprobado un préstamo por 20 000 pesos con un interés mensual del 10 \% que deberás pagarlo en un total de 4 cuotas. Al tener estos datos, simplemente debes hacer una regla de 3.

¿Cuáles son los intereses de un negocio financiado?

Ese límite lo podemos encontrar en el artículo 884 del código de comercio, 2231 del código civil y 305 del código penal. Interés remuneratorio y moratorio. Los intereses se clasifican en remuneratorios y moratorios, que operan en etapas distintas del negocio financiado.

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