Cuanto se paga por deposito de cenizas?

¿Cuánto se paga por depósito de cenizas?

Cuando se realice el depósito de restos humanos áridos y cenizas en un inmueble federal de origen religioso y sus anexidades….Costos.

Concepto Monto
Pago por depósito de restos humanos áridos o cremados en un nicho construido en templos de propiedad federal o sus anexidades; por cada depósito $975.00 mxn

¿Cuánto cuesta tener las cenizas en una iglesia?

¿Y en cuánto sale comprar un espacio en una iglesia? El costo por un nicho con capacidad para cuatro urnas varía entre los 3 mil y los 15 mil pesos. Todo depende de la zona donde se ubique el santuario y la temporalidad del contrato, pues la mayoría sólo lo ofrecen por 30 años.

¿Cuánto cobran por dejar las cenizas en una iglesia?

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Depositar las cenizas de un familiar muerto en un nicho, como lo estableció el papa Francisco al prohibir conservar esos restos en los hogares o esparcirlos en el mar, ríos u otros sitios, cuesta en México entre 30 mil y 300 mil pesos.

¿Por qué dejar las cenizas en casa no es lo más conveniente?

Dejar las cenizas en casa no es lo más conveniente porque una urna frente a nosotros todos los días no nos está liberando del duelo ni a ellos (los familiares finados) de la relación con la vida”, comentó Mario Ángel Flores, rector de la Universidad Pontificia de México.

¿Dónde deben ser depositadas las cenizas?

De acuerdo con la Congregación para la Doctrina de la Fe, las cenizas deben ser depositadas en los cementerios o lugares sagrados como las iglesias. Lee: La iglesia católica prohíbe esparcir cenizas de los restos muertos o tenerlas en casa.

¿Dónde se pueden guardar las cenizas?

Las cenizas, precisa el texto, «deben mantenerse en un lugar sagrado, es decir, en el cementerio o, si es el caso, en una iglesia o en un área especialmente dedicada a tal fin por la autoridad eclesiástica competente”.

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¿Quién puede conservar las cenizas en el hogar?

“Sólo en casos de graves y excepcionales circunstancias, dependiendo de las condiciones culturales de carácter local, el Ordinario (obispo), de acuerdo con la Conferencia Episcopal o con el Sínodo de los Obispos de las Iglesias Orientales, puede conceder el permiso para conservar las cenizas en el hogar”.

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